Documentos y transacciones electrónicas (v)
Novedades de facturación electrónica
Hace dos años, cuando escribí el anterior post de esta serie, ya pensábamos que el uso de documentos electrónicos en las administraciones tributarias ganaría cada vez más espacio. Hoy, después del seminario taller para el prototipo de la Factura Electrónica Internacional para países miembros del CIAT, solo podemos confirmar esta tendencia.
Algunas novedades: desde entonces iniciaron Ecuador, Perú y Uruguay. Colombia tiene un proyecto para potenciar significativamente su esquema de manera que, como ocurre en los otros países, la administración tributaria tenga las facturas electrónica emitidas en su poder, en Centroamérica, Guatemala está próxima a potenciar su sistema, y Costa Rica está muy próxima a iniciar el suyo.
En Chile, el primer país de la región en implementar un esquema de facturación electrónica, y donde hasta la fecha se ha mantenido como un régimen optativo para los contribuyentes, se está discutiendo la ley para pasar a la obligatoriedad. En Ecuador, donde el sistema hoy es optativo, está definido ya el calendario para ingresar obligatoriamente al sistema a partir de marzo de 2014, con importantes grupos de contribuyentes incorporándose obligatoriamente al esquema en abril, mayo y julio del mismo año. En Argentina, los segmentos de contribuyentes obligados a usar facultara electrónica son muy importantes. Incluyen, por ejemplo, a todos, absolutamente todos los exportadores, los vendedores de bienes de segunda mano, o varios monotributistas.
En Brasil, donde el esquema aplica fundamentalmente para operaciones entre contribuyentes, el número de obligados se acerca al millón de emisores. En México, donde ya hay más de seiscientos mil emisores, la obligación está definida para todos los contribuyentes, pero se le reservó al SAT la opción de regular esa obligatoriedad en el tiempo de manera que alcanza hoy a todos aquellos con ingresos brutos equivalentes a 300 000 dólares anuales pero la proyección es alcanzar a todos aquellos con ingresos anuales iguales o superiores a los 20 000 dólares por año. En el 2015 esperan no tener más emisores en papel.
Hasta la fecha se han emitido, en América Latina, cerca de quince mil millones de facturas electrónicas. La gran mayoría de ellas en poder de las administraciones tributarias. La gran mayoría de ellas autorizadas por las administraciones tributarias antes de su emisión.
Por estas razones, tiene sentido en nuestra opinión, el desarrollo de un esquema de factura electrónica internacional – FEI, que el grupo de trabajo de facturación electrónica del CIAT ha emprendido, y que se utilizaría principalmente para operaciones de comercio exterior. El primer reto en este intento es el no caer en la tentación de definir un formato estándar de uso obligatorio. De los países que han implementado un esquema nacional, sólo Perú y Guatemala adoptaron un estándar internacional, el primero el propuesto por OASIS y el segundo, aunque con variaciones, el propuesto por GS1. Los demás tienen su propio esquema, muy extensivo como los de Brasil o Chile, o con menos elementos obligatorios pero con anexos para industrias específicas, como en México. Optamos por definir la FEI como un sobre que contiene un conjunto mínimo de campos comunes que deben ser extraídos de la factura original, a manera de cabecera; la factura, tal y como fue generada en el país donde se emitió, y la firma electrónica del sobre.
Lo siguiente fue concebir un nodo central, con propósito de mensajería, que permite notificar a las partes las emisión de facturas y los eventos importantes relacionados con las mismas, pero por el que nunca pasarían FEI. Las facturas se intercambiarían únicamente entre las administraciones tributarias y aduaneras de los países de origen y destino. Los mensajes permiten a los participantes que hay algo para ellos en alguna parte.
El prototipo fue presentado reunión del grupo en la Ciudad de Panamá y esperamos que próximamente se inicie una operación piloto con la participación de 3 países.
Pero además de las novedades de la obligatoriedad hay algunas otras cosas interesantes para comentar. Las aplicaciones, de uso gratuito en los diferentes países son muy exitosas. Una muy importante proporción de las facturas son emitidas utilizando el software provisto por la Administración, a través de las sitios en la Internet como en Argentina, Chile o Perú; o mediante aplicaciones que se descargan y ejecutan en el ambiente del contribuyente como en Brasil o Ecuador. En México hay 62 aplicaciones de emisión y sellado de uso gratuito.
En Chile, están estudiando el utilizar la transacción de pago con tarjeta de créditos en determinadas operaciones a consumidor final, por ejemplo en restaurantes, como boleta.
Mientras tanto, siete estados de Brasil han iniciado el piloto de la nota fiscal electrónica para consumidor final. Un mecanismo de facturación electrónica en línea, sincrónico, sin hardware especifico. Esta solución, que de acuerdo a sus diseñadores requerirá sólo de una conexión a Internet y el equipo adecuado, permitiría a pequeños negocios con una computadora, una tableta o un teléfono inteligente vender y facturar con una autorización de la administración tributaria en el momento mismo de la venta, y posiblemente pagar con una tarjeta de crédito o debito. Esta solución., sin hardware dedicado, permitirá escalar para crecer en puntos de facturación en momentos de alta demanda con poco esfuerzo y sin demoras; o a pie de camión, en las ventas ambulantes; o en un taxi, si estuviera sujeto a la obligación; o directamente por el vendedor o prestador de servicio en una «tienda estilo Apple». Sin duda las bondades de este esquema sobre las impresoras fiscales darán pronto mucho espacio para la discusión. Tal vez incluso se abra un espacio para la obligatoriedad también en estos segmentos.
Las próximas novedades a reportar, y espero que no sea en un tiempo menor a dos años, seguramente girarán en torno al uso de las facturas, a sus resultados, a las técnicas de “Big Data”, XBRL y la contabilidad electrónica.
Saludos y suerte.
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6 comentarios
La facturación electrónica esta en un punto de no retorno en nuestros países y felicitamos la iniciativa del CIAT de ir hacia una especie de «roaming internacional» que brindará multiples beneficios.
Comparto con Jorge Luis el concepto de que es una vía sin retorno. La reflexión que hago a los que están promoviendo este medio de facturación es que los países deben tener ya una tradición de facturación con sistemas y controles eficientes al respecto ya que, a mi juicio, la facturación electrónica es la cereza del pastel y si no tenemos un pastel que sea bueno y agradable, la cereza no convencerá al consumidor de las bondades de este sistema y que, para ser sin retorno, deberá ser un sistema sólido. No nos olvidemos que en temas de sistemas tributarios un sistema con problemas cuesta mucho poder levantarlo en el tiempo y generalizar su uso.
Un abrazo Raúl y gracias por esta información que recibimos, siempre es útil para poder trabajar en o con las administraciones.
La evolución en la facturación electrónica implica un gran avance en la transparencia en la gestión económica regional y la posibilidad de optimizar su monitoreo por la administración, tales resultados me llevan a reflexionar sobre un gran vacío de control en algunas administraciones y la posibilidad de recuperarlo.
Tal vez CIAT disponga información para el análisis de la evolución en la región de la guía de remisión electrónica, un elemento necesario a la administración tributaria para seguimiento del transporte de cargas y almacenamiento de mercaderías, este documento aún no operativo en algunos países, en otros se aplica al monitoreo de la actividad aduanera para seguimiento de vehículos frontera a frontera o entre distritos y bodegas de las Aduanas.
La guía de remisión que complementa la factura – documento que sustenta y valoriza la transacción y no siempre emitido al momento del transporte – contiene datos descriptivos de las cargas, su origen, los responsables de la remisión y transporte y destino de carga, el lugar y hora de salida y llegada prevista, la ruta prevista de circulación y la razón por la cual se transportan, el detalle de la carga corresponde al de la factura. Esta información preserva la posibilidad de monitorear el origen lícito de la mercancía o los bienes en circulación.
Constituye el “paz y salvo” de la circulación de bienes en territorio nacional que garantiza su presunción de licitud, aun tratándose de aquellos bienes derivados de transacciones de comercio exterior.
Así emitida, no debe interferir las operaciones de control aduaneras preservadas por la jurisdicción hasta la nacionalización de las mercancías, basta en tal sentido la manifestación en la guía que el vehículo y su contenido operan en jurisdicción aduanera para asegurar la impunidad de la carga por la autoridad administrativa.
Existen países en que se autoriza un modelo de factura/guía, que cubre tanto las condiciones de registro de transacción como las de autorización de circulación, adicionando a los datos de la factura los que corresponden a la guía de remisión.
Va en ello la posibilidad de disponer una base de datos con información de los vehículos y su carga, puesta a disponibilidad por acceso WAP u otro medio electrónico a lo largo de las rutas de circulación.
Asimismo facilita el monitoreo de transacciones ilícitas que deben ser respondidas al momento de ser detectadas y no luego de un largo y tedioso procesamiento penal. El acceso a tal base de datos por unidades móviles y fijas de control de las administraciones de tributos internos debidamente equipadas para accederla lo aseguran.
Creo en tal sentido que la emisión de guías electrónicas debería acompañar la implantación de sistemas de facturación electrónica con similar énfasis al expuesto por el como siempre excelente análisis que presentas, algunos avances que señalas en la utilización del GS1, preanuncian nuevas posibilidades para el control y almacenamiento de mercancías.
Raul, felicidades por el artículo. Aquí en Brasil, en el estado de Mato Grosso ya viven otra realidad en relación con documentos y transacciones electrónicas. Estamos avanzando para que el 100% de las operaciones sejam en documentos electrónicos, por esta razón que estamos en el proyecto piloto de factura electrónica de consumidor (NFC-e). Creo que el reto ya no es convertir documentos en papel de documentos electrónicos y sí para activar los procesos de la administración tributaria en procesos electrónicos, así como los servicios y la atención ao contribuiente. Nos outros estamos preparando para esto inevitable cambiar eso no ficción y se convirtió en una realidad en la prensa para avanzar.
La factura electronica es la que tal vez es la que acreditará la fehaciencia de una transacción, en nuestro pais, su uso no es obligatorio, excepto para los contribuyentes que conforman el grupo de grandes o principales contribuyentes.
Ello tal vez evitará de parte de perversos contribuyentes de utilizar facturas falsas por compras ficticias para utlizar el IVA como credito fiscal, entre otros beneficios que implica su utlización tanto para los contribuyentes como a las AT.
Felicitaciones, don Raul, por compartir este importante articulo.
Raul excelente post; el mismo que menciona sobre las nuevas tendencias para la emisión de comprobantes electrónicos a nivel mundial, así como la autorización en línea y en tiempo real, con la finalidad de explotar y beneficiarse en procesos de gestión y control con el uso de la información de los comprobantes electrónicos; en el Seminario – Taller llevado a cabo en la ciudad de Panamá como representante del Servicio de Rentas Internas (Ecuador), se mencionó que ya llegamos al millón y medio de comprobantes autorizados por el SRI, hoy día 18 de abril puedo indicar que ya sobrepasamos los dos millones de comprobantes electrónicos.
Es así, que en el Ecuador al encontrarnos en una etapa de voluntariedad para los contribuyentes, también autorizamos las guías de remisión electrónicas en línea y tiempo real, la información de éstas la tenemos en consultas públicas y privadas, información que se utiliza para las gestiones de la Administración Tributaria, así como para las entidades de control en el Ecuador; el control en carreteras y puntos específicos el SRI lo hace a través de Fedatarios Fiscales, quiénes a través de sus dispositivos móviles pueden consultar la información de la mercadería transportada; la información receptada en línea es de gran valor para verificar la movilización de las mercaderías, así como los centros de almacenaje y acopio a donde reposan dichas mercaderías.