Administraciones Tributarias y Control de la Economía Digital.

Mediante el presente pretendo comentar sintéticamente la situación de un tema actual y complejo como es el control de la economía digital por parte de las Administraciones Tributarias (AATT).

Desde los informes finales de OCDE en su plan de Acción BEPS en 2015 se concluyó que no resulta posible delimitar con precisión la economía digital, dado que se está convirtiendo, cada vez más, en la economía en sí misma.

Sin embargo, la economía digital y sus modelos de negocio presentan algunas características clave, que son relevantes desde la perspectiva fiscal, a saber: movilidad de activos intangibles, usuarios y funciones empresarias, importancia de los datos, efectos de red, proliferación de modelos de negocio multifacéticos, tendencia al monopolio u oligopolio y volatilidad.

Muchas empresas han adoptado modelos empresariales mundiales, centralizando funciones a nivel regional o mundial y no a nivel país por país. Incluso para las pequeñas y medianas empresas, resulta posible ser «micro multinacionales» que operan y tienen personal en múltiples países y continentes.

Entre los distintos modelos de negocio de la economía digital se destacan los siguientes:

  • Comercio electrónico.

  • Tiendas de aplicaciones.

  • Publicidad en línea.

  • Computación en la nube.

  • Plataformas participativas en red.

  • Negociación de alta frecuencia.

  • Servicios de pago en línea.

Como vemos el concepto de economía digital incluye distintos aspectos que van desde el comercio electrónico, la denominada economía colaborativa, el dinero electrónico, las criptomonedas, juegos y publicidad en línea, entre otros.

Para la Comisión Europea el término “economía colaborativa” se refiere a modelos de negocio en los que se facilitan actividades, mediante plataformas colaborativas que crean un mercado abierto para el uso temporal de mercancías y/o servicios ofrecidos a menudo por particulares.

Según Oxfam actualmente la misma representa 15% del Producto Interno Bruto (PIB), pero se calcula que en un lapso entre 5 y 10 años alcance el 25 %.

Con ella y las nuevas formas de hacer los negocios en la cuarta revolución industrial se producen cuantiosas pérdidas de recaudación tributaria y asimismo se acrecienta la desigualdad, ya que los impuestos directos efectivos que terminan pagando estos contribuyentes son mucho menores en comparación con los que tributan otros factores de producción como el trabajo.

Además de la evasión que se está produciendo, se destaca el hecho de que la economía digital está generando en muchos países una competencia desleal con las empresas de los propios países que tienen presencia física y realizan actividades similares.

Estas nuevas formas de trabajo producen asimismo dificultades para la caracterización de los diversos actores intervinientes frente a la seguridad social, con lo cual se acrecienta el problema de desfinanciamiento de los regímenes de pensiones.

Todo ello impacta fuertemente en regiones como América Latina y el Caribe (ALyC), la cual se caracteriza por una elevada desigualdad en la distribución de los ingresos y sobre todo por una escasa capacidad redistributiva de la política fiscal.

La región tiene una elevada evasión tributaria, ya que según la CEPAL en 2017 la misma ascendía al 6,3 % del PIB, lo que equivale a 335 mil millones de dólares. En IVA representa 2,3% del PIB y en impuesto a la renta 4,00% del PIB.

El problema se acrecienta porque a nivel internacional, los países aún no consensuan cómo gravar adecuadamente a la economía digital y menos aún que tipo de acciones de control efectuar por parte de las Administraciones Tributarias (AATT).

Ello se debe a que los sistemas tributarios vigentes no se encuentran adaptados a las nuevas formas de hacer negocios.

El sistema fiscal internacional está basado en que para pagar tributos en un país hay que tener presencia física en éste y muchos de los negocios de la economía digital pueden tener actividad en diferentes países sin una presencia física.

Actualmente, en el mundo de la tributación se debate como debería tributar la economía digital.

El debate precisamente surge no sólo por las cuantiosas cifras que los Estados pierden de recaudar, sino también por la enorme desigualdad que se genera, ya que los impuestos directos efectivos que terminan pagando estos «gigantes digitales» en comparación con los que tributan otros factores de producción como el trabajo.

La OCDE con su plan de Acción BEPS dijo recientemente que los países y las jurisdicciones que participan en el marco inclusivo de la OCDE / G20 BEPS intensificarán los esfuerzos para alcanzar una solución global al creciente debate sobre cómo imponer impuestos a las empresas multinacionales en una economía en rápida digitalización.

 

Los nuevos debates internacionales se centrarán en dos pilares centrales.

El primer pilar se centrará en cómo podrían modificarse las reglas existentes que dividen el derecho a gravar los ingresos de las empresas multinacionales entre las jurisdicciones, incluidas las reglas tradicionales de precios de transferencia y el principio de la competencia, para tener en cuenta los cambios que ha traído la digitalización

Un segundo pilar busca establecer un nivel mínimo de impuesto que correspondería a las multinacionales en la economía digital y otras áreas. Esto ayudaría a los países a proteger su base tributaria de los intentos de los grupos multinacionales de trasladar sus ganancias a jurisdicciones de baja o nula tributación.

Recientemente, el 7/6/2019 los ministros del G20 han propuesto la creación de un impuesto digital dirigido a los gigantes digitales, basado en que el gravamen se tribute a nivel global y no donde tienen presencia física. El mismo se tributaría en función de la presencia económica significativa en un determinado país, el volumen de datos y otros activos intangibles como el número de usuarios.

La UE por su parte también se encuentra en pleno debate y distintos países de la misma, ya han propuesto soluciones unilaterales consistentes en impuestos específicos a las empresas del sector.  Bruselas propuso en marzo establecer un tributo del 3% sobre los ingresos –no sobre los beneficios–de aquellas empresas que facturen más de 750 millones de euros. Si bien ha habido avances en la fiscalidad indirecta no ha ocurrido lo mismo con la fiscalidad directa dentro de la UE.

Por su parte el FMI emitió un documento titulado «Corporate Taxtation in the global economy» donde se presentan los distintos problemas a los cuales se enfrenta la tributación internacional de las sociedades y distintas opciones para afrontarlos.

El documento subraya la necesidad de mantener y aprovechar el progreso en la cooperación internacional en materia tributaria que se ha logrado en los últimos años.

El Foro de Administraciones Tributarias ha publicado un comunicado con los resultados alcanzados en la reunión de Chile de marzo de 2019, que se ha centrado en cuatro temas prioritarios:

  • Cumplir con BEPS y la certeza fiscal.

  • Mejorar la cooperación.

  • Apoyar la digitalización de las administraciones tributarias, y

  • Mejorar la capacitación de las agencias de los países en vías de desarrollo.

Durante el foro, se hizo hincapié en la cooperación centrada dos áreas: el “Common Reporting Standard” (CRS), con el objetivo de ampliar y mejorar el análisis derivado del mismo, y la economía digital, para asegurar una tributación efectiva del comercio a través de plataformas digitales.

Respecto a la digitalización de las AATT en el foro se acordó explorar el uso de nuevas tecnologías, de herramientas analíticas y análisis de datos para mejorar el cumplimiento, reducir la carga administrativa, crear eficiencias y mejorar los servicios para los contribuyentes. También, se acordó ahondar en la colaboración en este ámbito.

Otros Organismos, como ICRIT, proponen un enfoque distinto al de OCDE afirmando que el enfoque más justo y eficaz sería gravar a las multinacionales como empresas individuales, dejando de considerar a cada filial como independiente; vale decir son partidarios del denominado enfoque unitario.  Proponen tratar a las multinacionales como empresas unificadas combinado ello con un impuesto mínimo efectivo global del 20-25%, lo cual dicen reduciría significativamente los incentivos financieros para que las multinacionales transfieran beneficios entre jurisdicciones y para que los países reduzcan sus tipos impositivos.

A la fecha muchos países han adoptado soluciones unilaterales para gravar a la economía digital.

En este punto quiero advertir el riesgo que se corre con dichas soluciones de cobrar impuestos en forma unilateral a estos contribuyentes, es que tanto los impuestos directos como los indirectos se terminen trasladando a los usuarios (consumidores), con lo cual la desigualdad que se pretende atacar muy probablemente se vea incrementada.

Ahora bien, por todo lo mencionado entiendo que la economía digital supone un gran reto para las AATT.

 

¿Que deben hacer las AATT con relación a este tema?

Las mismas no se pueden mantener pasivas a la espera de las definiciones que emanan de los Organismos Tributarios Internacionales (caso OCDE) respecto a su forma de tributación.  Entiendo que deben comenzar a actuar impulsando los cambios normativos necesarios, diseñando nuevas estrategias y políticas de control y asimismo fortaleciendo la cooperación y colaboración tanto en el ámbito nacional como internacional, entre las AATT y los distintos organismos que se ocupan del tema.

La transparencia y el intercambio de información son la clave para combatir la evasión fiscal en sus diversos aspectos.

Para ello es importante que se analicen todas las mejores prácticas, tanto en el plano normativo como de gestión, para una mejor estrategia de control de la economía digital por parte de las AATT de la región.

Por ejemplo, estas mejores prácticas se pueden analizar los siguientes temas:

  • Comercio electrónico.

  • Plataformas colaborativas o digitales.

  • Monedas digitales.

Ello sin dejar de mencionar aquellos temas vinculados a la seguridad social, siempre desde el punto de vista de nuestras AATT.

Es importante ver aquellos casos de economía digital aplicada a un sector o actividad donde las AATT de algún país de la región, ya haya efectuado una estrategia de control, destacando los problemas a que debieron enfrentarse y analizando asimismo los resultados de las medidas.

Luego en base a ello deberían proponerse estrategias orientadas a incrementar los niveles de cumplimiento voluntario, disminuir las desigualdades que se generan por competencia desleal con las empresas que tienen presencia física y realizan actividades similares y asimismo relativas a la seguridad social por la actuación de los diversos actores.

Es clave que las AATT conozcan y se familiaricen con estos nuevos negocios jurídicos entre las distintas partes intervinientes, para así ser mas eficientes en su cometido.

Se requiere que las AATT dispongan de información sobre los agentes y sus actividades económicas, así como de capacidad normativa para determinar sus obligaciones y capacidad de gestión para aplicar eficientemente la legislación.

Entre otros puntos deben analizarse cuestiones tales como quien es el que fija el precio, quien es el propietario de los bienes o servicios que se ofrecen, si la plataforma actúa como intermediario o prestador directo por nombrar sólo algunos aspectos.

En fin, pretendí aportar algunas ideas de un tema tan actual y complejo del cual estoy convencido que las AATT deber ser protagonistas.

7,168 total views, 8 views today

Aclaración. Se informa a los lectores que los puntos de vista, pensamientos y opiniones expresados en el texto pertenecen únicamente al autor, y no necesariamente a su empleador ni a ninguna organización, comité u otro grupo al que el autor pertenezca, ni a la Secretaría Ejecutiva del CIAT. De igual manera, el autor es responsable por la precisión y veracidad de los datos y fuentes.

7 comentarios

  1. César Hernández Respuesta

    Muy acertado Alfredo, tu perspectiva sobre el tema, en realidad desde un punto de vista normativo, el problema se puede atender a nivel internacional, si los países logran darle un abordaje en el marco del consenso como gravar de forma adecuada la economía digital y el marco de control a ejecutar por la Administración Tributaria.

    Saludos

  2. Hernán Egüez P. Respuesta

    Un tema sin duda con mucho debate y camino por delante; destaco de tu artículo la necesidad de adaptarnos y evolucuionar a las nuevas formas digitales de nuestro entorno a través del uso de nuevas tecnologpias, transparencia y un ágil intercambio de información como parte de nuestras estratégias para mitigar actos de elusión y evasión fiscal.

    Enorme contenido Alfredo, gracias por compartirlo!

    1. Alfredo Collosa Respuesta

      muchas gracias estimados Cesar y Hernan por sus comentarios¡¡ yo quiero hacer incapie en que las AATT ya mismo deben empezar a identificar a los sujetos que intervienen en las operaciones de la economia digital, basicamente prestadores, intermediarios y usuarios. Los deben identificar para ver si desarrollan hechos imponibles gravados para aplicar los impuestos que correspondan y evitar la desigualdad que se esta produciendo con aquellos contribuyentes que realizan sus operaciones por otros medios no digitales. Un abrazo y nuevamente muchas gracias

  3. Ismael Lofeudo Respuesta

    Muy buen artículo como siempre profesor. Gracias por exponerlo de forma sencilla y clara. Los pilares propuestos por la OCDE llegan a ser difíciles de entender a veces.

    1. Alfredo Collosa Respuesta

      Ismael muchas gracias como siempre por tus valiosos comentarios y tu apoyo constante. Un abrazo

  4. Enrique Sánchez Respuesta

    La plataforma digital de fuente abierta que opera en la nube como un bien público internacional como el kit de herramientas (toolkit)

  5. Alfredo Collosa Respuesta

    Estimado Enrique muchas gracias por su comentario, creo que hoy mas que nunca las AATT deben readecuar sus planes de control en relacion a este tema. Un cordial saludo.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.

Suscripciones CIAT

Navega en el sitio sin restricciones. Consulta y descarga los contenidos.

Suscríbete a nuestros boletines electrónicos:

  • Blog
  • Oferta Académica
  • Informativo
  • Publicaciones
  • Alerta de Noticias

Activar suscripción

Miembros CIAT

Representantes, Corresponsales y Personas autorizadas (AT)