La economía digital, la Cooperación Noruega y el CIAT. Una herramienta clave.

Si bien fui uno de los fundadores del Blog del CIAT, que por cierto ha superado todas nuestras expectativas en términos de blogueros y de público lector, no suelo publicar en este espacio, para evitar que algún posicionamiento personal pudiera ser interpretado como una posición oficial de la Secretaría Ejecutiva del CIAT.

En esta ocasión, sin embargo, este post tiene precisamente la posición oficial de la Secretaría Ejecutiva del CIAT. Resume nuestro esfuerzo para facilitar a los países no solo a enfrentar, sino incluso a aprovechar, el importante desafío que es la tributación de la economía digital.

Sin duda, uno de los temas que ha ocupado y aún continúa en los espacios de discusión entre los interesados de la política y la administración tributaria es el impacto de la economía digital; entienda esta, para nuestros propósitos, como las actividades de empresas altamente tecnificadas que realizan operaciones en un país sin presencia física en el mismo.

En el campo de la imposición directa los temas de discusión incluyen a los nuevos modelos de negocio, la creación del valor, la definición de nuevos nexos, la implementación de medidas unilaterales como alternativa ante la falta de consenso internacional, las posiciones enfrentadas de distintos actores sobre temas como fuente y residencia o la resolución de disputas o incluso, más allá de la economía digital, la búsqueda de un nivel mínimo de tributación dirigido a evitar competencias nocivas. Hay todavía un espacio por recorrer en la búsqueda de un consenso que estaría marcado, seguramente, por posiciones intermedias donde los ganadores y perdedores ni ganan tanto, ni pierden por mucho.

En el campo de la imposición indirecta, sin embargo, las divergencias no son tan grandes. Por un lado, se acepta la idea del principio del destino para definir los derechos impositivos; por el otro, se reconoce que las operaciones de prestación de servicios digitales, la comercialización de bienes intangibles o los servicios de intermediación prestados por plataformas que facilitan las operaciones entre pares, no compiten en las mismas condiciones de los operadores locales, perjudicando además la recaudación de impuestos en la jurisdicción. De hecho, la imposición indirecta de la economía digital representa hoy, en nuestra opinión, una oportunidad relevante para generar ingresos tributarios adicionales en tiempos de crisis, con un potencial que solo irá creciendo conforme se consolidan y expanden los nuevos modelos de negocio.

En este escenario, junto con nuestros colegas del Banco Mundial, del BID y con el liderazgo de la OCDE, trabajamos en la creación de un conjunto de guías para permitir la recaudación de impuestos indirectos en la economía digital, dirigidas a los países de América Latina y el Caribe que estarán disponibles en muy corto tiempo. De manera resumida, la propuesta se concentra en requerir de esas empresas que se adhieran voluntariamente al mecanismo, cobren en sus transacciones los impuestos  correspondientes en las operaciones de tipo B2C (con consumidores) y realicen el traslado de fondos correspondientes; todo soportado en un mecanismo simplificado de registro, declaración y suministro de información que tampoco requeriría ninguna presencia física.

El mecanismo podría complementarse con una retención en el medio de pago en las transacciones realizadas con compañías que no deseen o no puedan adherirse. Además, un país podrá de manera soberana, partiendo del enfoque general, definir particularidades específicas, como el tipo de actividad económica alcanzada, los elementos de información para registro y declaraciones, el procedimiento a seguir en caso de pagos en exceso, el establecimiento de límites mínimos de operaciones totales para incorporarse al régimen, o de límites mínimos de operaciones individuales para requerir detalles adicionales a las transacciones, y así sucesivamente.

Un país, para implementar las recomendaciones de las guías, con sus propias adecuaciones y parámetros, necesita entonces ajustar su marco legal que grave esas operaciones y permita el registro y la declaración sin presencia física; diseñar o ajustar los procesos y procedimientos para que los distintos actores conozcan sus responsabilidades, los medios para realizar solicitudes y otras cosas así; y, muy importante, disponer de una solución tecnológica que permita instrumentar y articular los dos elementos anteriores. Aquí es, precisamente en este punto, donde entramos los sujetos mencionados en el título de este post: la Cooperación Noruega (NORAD) y el CIAT.

Al ser algo nuevo, la administración tributaria necesita un nuevo desarrollo, o al menos un conjunto de adecuaciones a su plataforma informática. Para algunas administraciones esto puede ser un tema menor; otras requerirían destinar recursos significativos con relación a su presupuesto que significarían en la práctica la postergación de la aplicación del sistema, pagando un costo de oportunidad que, dadas las estimaciones de crecimiento de la economía digital, se incrementaría en los próximos años.

Con el apoyo financiero de NORAD, a quien reiteramos nuestro agradecimiento, hemos desarrollado una solución tecnológica para cubrir ese vacío, y la construimos con la visión de que sea un bien público para las administraciones tributarias de los países miembros del CIAT e incluso para terceros países que nos lo soliciten. Es una aplicación que está diseñada para correr tanto en la nube como en las instalaciones de la administración tributaria, lo que permite a una administración implementarla en poco tiempo. La aplicación es altamente parametrizable, para permitir que la misma se ajuste al diseño específico que un país realice. Tiene dos grandes interfaces: una para los contribuyentes, esto es las empresas en el exterior, y otra para la administración tributaria. La aplicación es multilingüe, permitiendo que, por ejemplo, una empresa en un país interactúe en inglés y otra, desde otro lugar en portugués, y, por supuesto, incorpora los más altos estándares de seguridad informática para asegurar la privacidad y veracidad de los datos suministrados. Por otra parte, al ser una interfaz estándar facilita el cumplimiento voluntario por parte de las empresas en los países en los que se implantara, reduciendo significativamente sus costes de cumplimiento.

En las próximas semanas, estará disponible el procedimiento a seguir para quien desee evaluar la aplicación o directamente implementarla. Estará disponible para toda administración tributaria interesada, después de que culminemos la implementación del primer piloto y se haya ajustado el sistema a condiciones reales probadas en campo. En alguna de sus primeras implementaciones, lo sabemos ya, contaremos con el apoyo de NORAD y EUROsociAL y, posiblemente, de otros donantes dependiendo de las solicitudes que lleguen al CIAT.

Por ahora, los invitamos a ver tres breves videos que brindan una idea clara y objetiva de cómo el sistema opera. Los videos cuentan con subtítulos en español, inglés, portugués y francés.

  • Registro simplificado de un contribuyente. 3 minutos.
  • Presentación de declaración de un contribuyente. 3 minutos.
  • Interfaz del funcionario. 8 minutos.

Como no puede ser de otra manera, cuando algo o alguien nace, requiere un nombre. La aplicación se llama DEC – Digital Economy Compliance. En la imagen que acompaña este post está su logo oficial.

Esperamos que sean varias, ojalá muchas, las administraciones tributarias que exploren esta solución.

¡Hasta pronto!.

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3 comentarios

  1. DARIO GONZALEZ Respuesta

    Marcio felicito al CIAT por esta acción emprendida, generando una guía y una herramienta tecnológica para facilitar la implemenración de la imposición a la economía digital. Como todos sabemos, la economía digital está en pleno auge y en los próximos años ocupará el centro de atención tanto de la política como de las AATT. Este esfuerzo del CIAT merece nuestro reconocimiento, por ser un organismo que esta atento a los cambios y sus consecuencias y de esta manera poder otorgar un apoyo técnico y tecnológico a los países que lo necesiten.

  2. Antonio Meiggs Respuesta

    Felicitaciones Marcio, por la brevedad y facilidad con que expone un tema tan complejo y además, en la etapa de realización, podría quizás, alguien animarse a pensar que se trata de una «propuesta más», no obstante, sería el mayor error, no cabe duda alguna que, ha presentado Usted, con una sencillez solo comparable a la de aquellos grandes hombre que a lo largo de nuestra historia nos han brindado los más importantes aportes, propiciando cambios y desarrollo para bien de nuestra forma de vida
    Ha logrado Usted poner al servicio de manera tan generosa pero no menos esforzada y significativa de todas las Administraciones Tributarias y de la Humanidad, una herramienta tecnológica de nos muestra claramente el futuro y que da respuesta a muchas de las interrogantes más importantes que hoy se plantean en materia tributaria
    Una vez más estimado Marcio, en su calidad de Secretario Ejecutivo del CIAT permítame felicitarlo y por su intermedio a su Ilustre representada

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