Orden jurídico obsoleto… Futuro impredecible
La sugerencia de integrar regímenes de imposición para segmentos de contribuyentes con distintas características de actividad económica, obligación tributaria y/o capacidad contributiva en un único régimen general y las complicaciones que, algunos profesionales ven en los beneficios tributarios concedidos por la política socioeconómica (del blog: “Los puentes hacia un sistema tributario optimo”), me han llevado a pensar en las dificultades con que se tropieza al traducir la complejidad de algunos órdenes jurídico-tributarios en soluciones tecnológicas.
Uno de los regímenes, incluidos en tal idea, es el que aborda el problema de la informalidad mediante la simplificación del deber tributario para formalizar pequeñas empresas. El descuido fiscal en el control de cumplimiento o las indefiniciones en el universo incluido en tal régimen, facilita el amparo ilegal de contribuyentes, cuya importancia económica es alcanzada por el régimen general de imposición (tal vez resulte este uno de los motivos de inducción a reformas del régimen jurídico que no resuelven el problema de fondo).
Distintos segmentos de la economía reclaman discriminación de las condiciones de servicio o proceso, que colisionan entre sí y exigen procesos con ajustes y ensambles para su consolidación en el resultado final. La administración debe estar preparada para controlar las complejidades que le presenta el orden jurídico y superarlas con el menor margen de discreción de sus operadores y los menores costos de cumplimiento.
El diseño de un modelo de imposición implica tanto las estructuras y definiciones de los regímenes recaudadores, cuanto de aquellas que derivan de la utilización del instrumentalismo en teorías y modelos científicos de la economía con el propósito de cumplir metas de políticas. Si los términos jurídicos son claros, no existen grises en la definición de decisiones y se recurre a la tecnología adecuada, la existencia de regímenes con distinta estructura legal, no implica necesariamente complicaciones insalvables para la administración.
Diseñado el modelo, debe comenzar su sistematización para implantarlo, de ahí han de resultar ambigüedades, vaguedades, omisiones implícitas y problemas en las estructuras operativas que deben ser traducidas en precisiones para definir los procesos que deben correrlos y así contrastar las hipótesis, pues si no lo hacen quedan en hipótesis.
Grandes cambios tecnológicos se han operado en el ámbito fiscal desde hace ya más de 3 décadas: simples celulares pueden acceder a la información en la nube para identificación, actividad y responsabilidades de los sujetos; el análisis de las redes permiten predecir comportamientos futuros y las bases de datos hasta facilitan el reconocimiento biométrico de sus integrantes, sin embargo los sistemas de inversión en criptomonedas de alta seguridad tecnológica y los mercados digitales, exceden la habilidad de los métodos tradicionales auditores limitando las posibilidades de control de la administración.
Las memorias de los instrumentos jurídicos no siempre son útiles para definir el software de los medios tecnológicos sin distorsionar su esencia, los responsables de la programación se envuelven en las redes semánticas de los regímenes, con más interés en ajustar los sistemas a las condiciones de las nuevas estructuras jurídicas, que en la de interpretarlas para simplificar las aplicaciones tecnológicas.
Mientras la ley expresa las condiciones del régimen jurídico en términos y párrafos arcaicos, las brechas creadas por la tecnología son usadas por significativa parte de la economía para eludir el control.
Los apremios económicos estimulan apresuramientos de los Estados en crear instrumentos que los resuelvan, los administradores deben explicar a los legisladores los riesgos de implementación para que la ley tributaria pueda ser bien aplicada. Profesionales expertos deben interpretar los criterios obsoletos e indefiniciones de la decisión tributaria y previo a proponer ajustes de legalidad intentar superar los enredos de su literatura con procesos renovados.
La implantación de un sistema tributario requiere el desarrollo de 3 subsistemas componentes: el primero “de Política” que debe definir las decisiones implícitas en la concepción del tributo para recaudar fondos e implantar políticas socioeconómicas; el segundo “de Derecho” que programa la instrumentación de tales decisiones en “memorias jurídicas descriptivas” estableciendo los derechos y obligaciones del Estado y de los contribuyentes y, por último, el tercero “de Administración” que opera los servicios y procesos preventivos y disuasivos necesarios para el control tributario.
Los tres subsistemas integran una secuencia de pasos lógicamente concatenados para instrumentar la implantación, el seguimiento y realimentación del deber social y de las políticas socioeconómicas incluidas.
Del consenso de las políticas definidas, el encadenamiento lógico de los instrumentos jurídicos y el apoyo en servicios y capacidad disuasiva de la administración, resulta el indicador de voluntad de cumplimiento.
El desarrollo sistémico del régimen tributario facilita la integración de estructuras complicadas, la inclusión de condiciones específicas para gravar distintas situaciones de capacidad financiera y tecnológica y el estimulo de las políticas incluidas en el, con resguardo de los principios de neutralidad, estabilidad y flexibilidad que deben garantizar sus propósitos.
Un sistema tributario vale lo que valga la organización encargada de aplicarlo (Musgrave). Los montos de ingresos que el fisco deja de percibir por la inclusión de tratamientos especiales justificados en fines sociopolíticos, económicos o tributarios para determinadas actividades zonas o contribuyentes, suelen preocupar a los administradores que deben responder por las expectativas de recaudación.
El sistema tributario debe atender la instrumentación de las políticas de bienestar que generan ingresos e influyen en la distribución del ingreso y la riqueza en la sociedad; estabilizan la economía; promueven o desalientan actividades económicas; protegen la industria; estimulan o desalientan el consumo; estimulan el empleo y protegen el medioambiente a través de políticas de beneficios tributarios.
Estos tratamientos especiales se asumen con costos resumidos en: distorsiones en la asignación de recursos, pérdidas de recaudación, mayores costos de administración y cumplimiento, espacios que dejan para la evasión, opacidad en la gestión, conflictos de competencia jurisdiccional y pérdidas de equidad o de progresividad.
Las complejidades que resultan de la incorporación de propósitos de política al sistema, responden a ministros de finanzas y miembros del parlamento que, por lo general, no tienen formación de administradores tributarios y analizan el régimen tributario desde puntos de vista no siempre simples.
Los administradores tributarios deben explicar a los diseñadores de políticas y legisladores los riesgos de implementación causados por el uso del instrumentalismo, para que la ley tributaria pueda ser bien aplicada, sin poner obstáculos a la decisión de implantar el modelo.
La administración debe participar en el desarrollo de la implantación y control de cumplimiento de las políticas socioeconómicas incorporadas al sistema tributario, así como en su realimentación por los impactos producidos sobre las variables económicas, los problemas de implementación, los resultados de indicadores de brecha tributaria y carga impositiva, el monitoreo de los ingresos y el origen del incumplimiento que verifica.
En camino hacia un desarrollo tecnológico, que requiere intervención humana calificada, las administraciones deben actualizar sus plantas envejecidas y convocar profesionales con el talento que requieren las correcciones, los ajustes estructurales y las conversiones semánticas de los términos del modelo con apoyo de la tecnología apropiada.
Siempre sostuve que la ley tributaria debería ser representada por un diagrama lógico, cosa impensada hasta la actualidad, la tecnología nos está pidiendo memorias descriptivas que sustenten sistemas, no habrá texto tributario con lenguajes comprensibles para el común de la humanidad, la tecnología puede imponer sus propias reglas como lo demuestra actualmente la falta de control de hechos económicos digitalizados para los que la administración no encuentra aplicaciones.
La sociedad que debe responder a condiciones convenidas en el pacto legalizado o legitimado, hoy han roto los acuerdos, las circunstancias naturales y las disidencias políticas e ideológicas han determinado un nivel de anomia del cual no emerge la voluntad de pago, ni la decisión política para implantar instrumentos jurídicos que faciliten la capacidad disuasiva que la situación requiere.
Se otea un cambio de orden social, con órdenes subalternos que seguramente abastecerán un pacto en el que tal vez la ley no surja de las soberanías parlamentarias, que hoy permiten a los Estados desarrollar sus propios órdenes. La realidad nos alerta, pesa en las estructuras sociales y también en las administrativas, las líneas de pensamiento deben cambiar, se necesita un cambio en el talento de las instituciones que permita prever las de un futuro probable o al menos ayudar a comprenderlas.
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8 comentarios
Mis felicitacione excelente enfoque del tema: Sistema Tributario, esperamos estar siempre en contacto, un afectuoso abrazo.
Muy bueno! un gran abrazo
Carlos
Muchas gracias Carlos , valoro tu reconocimiento por las experiencias que de alguna forma hemos «sufrido juntos» en los años compartidos en el DSCD, los que en la simplificación de tributos me has permitido participar, esfuerzos que recuerdo con el gran aprecio que te tengo. Abrazo.
Hola Adolfo, aprecio mucho tu reconocimiento, siempre he visto los regímenes tributarios desde la óptica de sistemas a través de 8 años trabajando en sistemas de computación de datos con largas e improductivas discusiones semánticas con los instrumentadores jurídicos. Hoy la realidad me confirma el camino y me alegro llegar por el a profesionales que se rebelan a mantenerse en la zona de confort. Abrazo
Estimado amigo José Luis, pensaba que estaba solo con esta disquisición sobre el sistema tributario que muchas veces se configuran solamente «Regímenes Tributarios» que solo tienen tres objetivos: cobrar, cobrar y cobrar, y como decimos en Perú el slogan de la A.T «cada vez más cerca de ti», pero solamente para los pequeños contribuyentes y no para los grandes, a tal punto que el mismo Tribunal Constitucional falle a favor de empresas que adeudan tanto dinero considerando «el derecho de no pagar» por la inacción de la A.T, es importante salir de nuestra zona de confort, ya que en la actual sociedad se aplica «El mito de caverna de Platón» ejercido por el «cuarto poder» es decir la prensa, esperamos estar en contacto y otra vez mis más sinceras felicitaciones por el artículo, un afectuoso abrazo.
Excelente metáfora Adolfo, a veces miramos las sombras como realidades y cuando la luz nos cambia el camino no encontramos retorno, Bach diría «gaviota que vuela alto ve lejos» el vuelo que compartimos seguramente permite ver un perfil distinto de la profesión y no faltará quien nos acompañe. Abrazo
Felicidades por sus conceptos… se nota su amplia experiencia en estas lineas escritas… pero como hacemos para hacernos escuchar y acelerar el cambio en las administraciones públicas tan llenas de corrupción y negligencia… la tecnología nos ofrece muchas oportunidades a todos…
Gracias por tus comentarios, al respecto creo que el problema mayor pasa por las oportunidades socioculturales, económicas y de política tributaria que le ofrece la coyuntura al incumplimiento cuyo control resulta ajeno a la administración. En cuanto a la eficiencia de la gestión de servicio, persuasión y disuasión propios de la administración como bien apuntas, dependerá del talento y la tecnología que disponga.