CARF, MiCA, DAC 8 y la Travel Rule avanzan hacia mayor transparencia en el mercado de criptoactivos

El notable avance de los criptoactivos y la tokenización de la economía desde la aparición de Bitcoin allá en 2008 ha llevado a que, en el mundo, se emitan distintas regulaciones que buscan aportar transparencia, proteger a los consumidores y, asimismo, combatir el fraude fiscal y delitos como el lavado de activos y la financiación del terrorismo, tal como se sintetiza a continuación.

1.  CARF – Marco de reporte de la OCDE

Muchas jurisdicciones ya han establecido regímenes de información donde los proveedores de servicios de activos virtuales (VASP) están obligados a informar sobre las operaciones. Sin embargo, la gran limitación para los Estados es que solo tienen el poder de exigir que los sujetos que residen en sus jurisdicciones reporten operaciones con criptoactivos.

En definitiva, el problema es que no cuentan con información sobre operaciones realizadas a través de VASP ubicados en el exterior.

Por ello, en marzo de 2022 la OCDE propuso el CARF (Marco de Reporte de Operaciones de Criptoactivos, por sus siglas en inglés).

El CARF crea un sistema internacional estandarizado para la recopilación e intercambio de datos relacionados con las transacciones de criptomonedas. Es, esencialmente, la versión cripto del Estándar Común de Reporte (CRS), pero adaptado al singular mundo, a menudo anónimo, de las finanzas basadas en blockchain.

A diferencia del CRS, que se centra principalmente en las instituciones financieras tradicionales, el CARF se dirige a VASP, plataformas descentralizadas, corredores e incluso ciertos proveedores de billeteras.

El CARF abarcará criptoactivos que se pueden mantener y transferir de manera descentralizada, sin la intervención de intermediarios financieros tradicionales, incluidas las monedas estables, los derivados emitidos en forma de criptoactivos y ciertos tokens no fungibles (NFT).

Se excluyen de la definición las monedas digitales de bancos centrales (CBDC), que funcionan de manera similar al dinero que se mantiene en una cuenta bancaria tradicional y, por lo tanto, se incluirán dentro del CRS.

La definición de criptoactivos se apoya en las recomendaciones del GAFI, para garantizar requisitos de diligencia debida de los intermediarios (AML/KYC).

Los siguientes cuatro tipos de transacciones relevantes serán reportables conforme al nuevo marco:

  • Intercambios entre criptoactivos y monedas fiat.
  • Intercambios entre una o más formas de criptoactivos.
  • Transacciones de pago minorista reportables.
  • Transferencias de criptoactivos.

Esta no es una simple regulación más. El CARF está marcando la pauta para la transparencia fiscal global en criptomonedas, al producir informes en tiempo real a las autoridades fiscales y eliminar el anonimato, ya que los usuarios que antes eran anónimos para las autoridades fiscales ahora estarán sujetos a verificación de identidad.

El CARF está diseñado para la cooperación internacional, en particular para rastrear los fondos que se mueven a través de las fronteras y evaden los impuestos locales, donde se producen las mayores pérdidas de ingresos fiscales.

Es probable que este marco aumente la confianza entre los reguladores, lo que podría incentivar una adopción más amplia de criptoactivos por parte de actores institucionales.

2. Jurisdicciones que aplicarán el CARF

Se ha actualizado la lista de jurisdicciones comprometidas con la implementación del CARF. Estas se clasifican según el año objetivo para el inicio de los intercambios:

Jurisdicciones que realizarán los primeros intercambios en 2027 (52):
Austria, Azerbaiyán, Bélgica, Bermudas, Brasil, Bulgaria, Canadá, Islas Caimán, Colombia, Croacia, Chipre*, Chequia, Dinamarca, Estonia, Islas Feroe, Finlandia, Francia, Alemania, Gibraltar, Grecia, Guernsey, Islandia, Indonesia, Irlanda, Isla de Man, Israel, Italia, Japón, Jersey, Kazajistán, Corea, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, México, Países Bajos, Nueva Zelanda, Noruega, Polonia, Portugal, Rumania, San Marino, República Eslovaca, Eslovenia, Sudáfrica, España, Suecia, Suiza, Uganda, Reino Unido.

Jurisdicciones que realizarán los primeros intercambios en 2028 (15):
Bahamas, Barbados, Islas Vírgenes Británicas, Costa Rica, Hong Kong (China), Malasia, Mongolia, Nigeria, San Vicente y las Granadinas, Seychelles, Singapur, Tailandia, Turquía, Emiratos Árabes Unidos y Estados Unidos.

Jurisdicciones identificadas por el Foro Global como relevantes para el CARF que aún no se han comprometido a implementarlo (7):
Argentina, Australia, El Salvador, India, Panamá, Filipinas y Vietnam.

3. DAC 8 en la Unión Europea

La directiva fue adoptada por los Estados miembros de la UE y entró en vigor el 13 de noviembre de 2023.

Complementa al CARF de la OCDE al proporcionar una actualización de la legislación CRS existente y el intercambio de información transfronteriza.

Los Estados miembros de la UE tienen hasta el 31 de diciembre de 2025 para transponer las nuevas normas a la legislación nacional, y la primera aplicación de la mayoría de las disposiciones será a partir del 1 de enero de 2026.

4. Normativa del GAFI

La Recomendación 15 del GAFI, revisada, exige que los VASP estén regulados a efectos de la lucha contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo, tengan licencia o estén registrados, y estén sujetos a sistemas efectivos de monitoreo o supervisión.

Por su parte, la Recomendación 16 de la “Travel Rule” establece que los países deben asegurar que las instituciones financieras incluyan información precisa sobre el originador y el beneficiario en las transferencias electrónicas, y que esta información permanezca a lo largo de toda la cadena de pago.

Asimismo, deben monitorear las transferencias electrónicas para detectar aquellas que carezcan de la información requerida, y tomar las medidas apropiadas.

5.  MiCA – Reglamento de la UE

Se trata de un acuerdo histórico para el bloque de países de la UE, que básicamente apunta a establecer límites en el mercado de criptoactivos, proteger a los consumidores y exigir transparencia a los servicios que operan legalmente.

Busca garantizar que las transferencias de criptoactivos, al igual que cualquier otra operación financiera, puedan ser siempre rastreadas, y que las transacciones sospechosas sean bloqueadas.

La llamada “Travel Rule” cubrirá en el futuro las transferencias de criptoactivos. La información sobre el origen del activo y su beneficiario tendrá que “viajar” con la transacción y almacenarse tanto en el origen como en el destino.

Aquellos criptoactivos que puedan ser calificados como instrumentos financieros serán objeto de la regulación existente en la materia.

Se excluyen de su ámbito de aplicación los instrumentos financieros y los NFT, salvo que se puedan considerar security tokens u otros tokens relacionados. También quedan fuera fenómenos complejos como DeFi y DAOs.

Según las nuevas normas, los VASP tendrán que cumplir requisitos rigurosos para proteger los monederos de los consumidores y serán responsables en caso de pérdida de criptoactivos.

MiCA entró en vigor el 30 de junio de 2023 y su aplicación comenzó de forma progresiva, con un periodo de transición.

El reglamento también tendrá un impacto significativo en la fiscalidad de los criptoactivos en la Unión Europea, al facilitar la supervisión tributaria y unificar criterios.

6.  Nuevo Reglamento contra el lavado de dinero (AMLR) en la UE

Este reglamento prohibirá las cuentas anónimas y los tokens de privacidad. Los VASP estarán bajo supervisión directa de la Autoridad contra el Blanqueo de Capitales (AMLA), lo que aumentará el control sobre las transacciones.

Este marco busca reforzar la lucha contra el lavado de dinero y la financiación ilícita, pero también genera preocupaciones sobre la privacidad y el impacto en el ecosistema cripto.

7.  Impacto de todas las regulaciones

Todas estas regulaciones implican una mayor transparencia fiscal y contribuyen a la detección y combate de delitos como el lavado de activos y la financiación del terrorismo.

Las autoridades fiscales tendrán un mayor control tributario, ya que las operaciones con criptoactivos deberán ser reportadas. Esto conlleva mayores obligaciones de cumplimiento normativo para los actores involucrados.

Entre las críticas, destacan las preocupaciones por la pérdida de anonimato, la presión regulatoria sobre los VASP y el costo de implementación.

Los impactos positivos incluyen:

  • Unificación de criterios jurídicos, favoreciendo la certeza y la fiscalidad.
  • Mayor protección a los consumidores frente a fraudes.
  • Prevención de delitos financieros mediante la “Travel Rule” y el CARF, que juntos crean un registro de auditoría financiera robusto.

El gran desafío será fomentar la innovación con nuevos modelos de negocio basados en la tokenización, sin dejar de garantizar la transparencia y la protección ciudadana. En un mundo de rápida evolución y deslocalización, este equilibrio será clave para el éxito regulatorio.

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