El reciente cambio de la tributación del impuesto de la renta para inversores no residentes en Brasil
En el 27 de septiembre de este año, fue publicada la normativa MP (medida provisória en portugués) 1.137/2022 del Executivo brasileño que estableció reglas más benéficas para la tributación del impuesto de la renta para los inversores no residentes en Brasil.
La normativa está en vigor, pero tendrá efectos a partir de primer de enero del próximo año. Según la exposición de motivos de la normativa, los cambios tienen como objetivo atraer nuevas inversiones del extranjero en el sector productivo nacional y, consecuentemente, reducir los efectos de la crisis económica del Brasil desde el año 2014 y que ha empeorado con la pandemia del coronavírus.
La legislación brasileña, hasta la publicación de la dicha MP, reglamentaba que los inversores extranjeros, con excepción de los que tienen domicilio fiscal en países considerados paraísos fiscales, estaban exentos o sometidos a alícuota cero de lo impuesto de la renta en las siguientes aplicaciones:
*Regla general es porque debe observar criterios específicos de la legislación.
Con la publicación de la MP 1.137/2022, ha ensanchado el beneficio con la alícuota cero para algunas aplicaciones financieras y ha reducido las restricciones impostas (porcentaje de participación, por ejemplo) para convertir en manera más sencilla el acceso a la alícuota cero de otras aplicaciones financieras de inversores extranjeros no residentes en Brasil. Así, con la nueva MP ha añadido las siguientes aplicaciones financieras al listado:
Sin embargo, con el cambio de la MP 1.137/2022 la legislación no se refiere más al termino paraísos fiscales y sí, de manera más restrictiva, que los beneficios no aplican a los contribuyentes con domicilio fiscal en jurisdicción con tributación favorecida y beneficiario de régimen fiscal privilegiado. Esta restricción del domicilio fiscal no es considerada cuando se trata de fondos soberanos, que son las inversiones constituidas en exterior con patrimonio formado parte por recursos de ahorros soberanos del país de origen. Además, también no se aplican los beneficios a las operaciones entres personas vinculadas, de acuerdo con la legislación de los precios de transferencia.
Es importante aclarar que, la medida provisoria en Brasil es un acto normativo que tiene vigencia provisional de hasta 120 días, de acuerdo con la Constitución Federal de 1988, y que para tener vigencia por plazo indeterminado debe ser aprobada por el Congreso Nacional (Cámara legislativa brasileña). La MP 1.137/2022 aún está vigente y, actualmente, en análisis por el Congreso.
La pérdida fiscal estimada con la ampliación del beneficio es alrededor de los 4,3 mil millones de reales a lo largo de tres años, pero el gobierno brasileño espera alcanzar nuevas inversiones extranjeras y no cambio de los recursos de las inversiones ya establecidas en otros títulos y fondos brasileños exentos para las personas domiciliadas en exterior.
Conclusión: Lo reciente cambio de la legislación brasileña amplió el listado de hipótesis de alícuota cero para aplicaciones financieras de contribuyentes no residentes en Brasil, con el objetivo de atraer nuevas inversiones del exterior, especialmente para renta fija, fondos privados y etc.
Fuentes:
https://www.congressonacional.leg.br/materias/medidas-provisorias/-/mpv/154767
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2 comentarios
En mi punto de vista, la medida es buena en la medida en que busca atraer inversiones extranjeras con el objetivo de promover la economía brasileña.
Pero no deja de ser injusto cuando trata de manera desigual a los inversionistas nacionales, quienes de igual forma inyectan recursos a la economía.
Perfecto, es injusto.