Cumplimiento cooperativo
Un enfoque inteligente que apareja múltiples beneficios
Los seres humanos, ante situaciones negativas y en ciertas circunstancias no admiten colaboración de sus colegas del trabajo, amigos, familiares u otros. Entre las razones podríamos citar el orgullo de no deber nada a nadie, la desconfianza al momento de revelar información íntima para obtener dicha ayuda o bien la mera timidez al momento de requerirla. Ante estas situaciones y dentro de esta lógica, a veces tiene sentido decir al prójimo “ayúdame a ayudarte”.
En este sentido, ya en el ámbito de la administración tributaria, podría asegurar que la falta de transparencia o apertura por parte del contribuyente y/o de la administración tributaria, podría llevar en ciertos casos a un plano “perder-perder”. De esta manera, para fomentar el “cumplimiento voluntario”, resulta indispensable generar un clima de confianza mutua, rompiendo así con miedos y prejuicios.
Dadas las características de la relación tributaria, constituye todo un desafío llegar a este “punto de equilibrio”, en el cual la administración tributaria tiene la intención de ayudar y el contribuyente permita ser ayudado (y viceversa).
Desde el punto de vista racional, es de esperar que cada parte brinde la colaboración, transparencia y confianza que su propio poder negociador le permita, siendo el poder negociador de las partes, principalmente determinado por el nivel y calidad de la información que estas manejen, como así también por su capacidad para procesarla.
Resulta imprescindible que el nivel estratégico de la administración tributaria atienda estos asuntos y promueva estudios, con el ánimo de evaluar la conveniencia de desarrollar e implementar acciones de “cumplimiento cooperativo” o “relación cooperativa” que lleven a mejorar la relación con diferentes segmentos de contribuyentes, fomentando a su vez un mayor grado de cumplimiento y responsabilidad social corporativa en lo que a lo tributario respecta.
A pesar de que en el ámbito internacional se han llevado a cabo numerosas acciones sobre este tema (Ej.: foros, documentos técnicos, etc.), considero que no existe consenso sobre la definición de los referidos conceptos. Al no tratarse de conceptos jurídicos, tampoco es necesario que la definición sea muy precisa. No obstante, sí resulta importante poder discernir entre una iniciativa de “cumplimiento cooperativo” o “relación cooperativa” y un servicio tradicional, como así también definir en lo interno de la administración tributaria las áreas que tendrían a cargo el desarrollo, implementación y acompañamiento de este tipo de iniciativas.
Estas iniciativas, por sus características requieren de un nivel de desarrollo mínimo en diferentes ámbitos que hacen a la administración tributaria y su contexto. Entre ellos, el nivel de cultura tributaria, la capacidad de control de las administraciones tributarias, el nivel de desarrollo de los recursos humanos, el conocimiento de los negocios por parte de la administración tributaria, el nivel de costos de cumplimiento y administración, el desarrollo tecnológico, la complejidad del sistema tributario, la disponibilidad y calidad de la información, la gestión de riesgos, la capacidad para trabajar en tiempo real, la calidad de los procesos, la forma en que se desarrollan los controles internos, el manejo de aspectos vinculados al gobierno corporativo y la capacidad de la administración tributaria para llevar a cabo iniciativas multilaterales con otros gobiernos, entre otras.
Las definiciones de “relación cooperativa” y “cumplimiento cooperativo” han generado grandes discusiones en el ámbito de la OCDE. El término “relación cooperativa” podría dar lugar a connotaciones de desigualdad en el trato fiscal. Es así que la OCDE consideró más adecuado el término “cumplimiento cooperativo” por ser más exacto, dado que no solamente denota el proceso de cooperación, sino que demuestra también su finalidad como componente integral de la estrategia general de gestión de riesgos de las administraciones tributarias.
Recientemente, el CIAT publicó un Documento de Trabajo denominado Relación cumplimiento cooperativo tributario: su realidad actual en países miembros del CIAT de América Latina, Caribe, África y Asia, que presenta iniciativas de países desarrollados que han marcado tendencias y de países en vías de desarrollo. El referido trabajo, apoyándose en los hallazgos identificados, propone la siguiente definición, que entiendo nos permite comprender con mayor claridad este ámbito de actuación:
“Una iniciativa de cumplimiento cooperativo es aquella que surge del relacionamiento entre la administración tributaria y el contribuyente, y a través de la cual se busca alcanzar mejoras significativas en el nivel de transparencia mutua y consecuentemente en el nivel de cumplimiento voluntario, teniendo como objetivo el reducir los costos de cumplimiento y/o de administración, y en lo posible prevenir controversias en la relación jurídico – tributaria.”
Si bien la definición que se plantea es amplia, no se espera que en todos los casos se cumplan todas las situaciones planteadas de manera simultánea, para que exista una iniciativa de “cumplimiento cooperativo”. Por ejemplo, no en todos los casos se podría asegurar una reducción de costos de cumplimiento y a su vez la de los relativos a administración.
Hace unos años el CIAT organizó una actividad sobre cumplimiento cooperativo en América Latina y Caribe, donde presenté un panorama regional sobre el tema. En el marco de los debates mantenidos, un reconocido experto tributario europeo pidió la palabra para manifestar su percepción de que el “cumplimiento cooperativo” constituye una utopía en los países en desarrollo y que muchas de las iniciativas existentes en dichos países no estaban generando resultados.
Para sorpresa de este señor, beneficio de los contribuyentes y orgullo de las administraciones tributarias de los países en desarrollo contemplados en el documento de trabajo, podemos decir que en 16 países en desarrollo existen 37 iniciativas implementadas, que en su mayoría han proporcionado resultados tangibles orientados a obtener todos o algunos de los beneficios planteados en la definición propuesta.
Los invito a revisar el gráfico a continuación, que presenta los tipos de iniciativa de cumplimiento cooperativo existentes, a consultar el Documento de Trabajo y a comentar mi post.
Porcentaje y número de iniciativas por categoría (1)
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16 comentarios
Muy bueno el artículo.
Con sólo el título de este documento, se infiere que es un excelente artículo, como todos los que se realizan por parte de todas las personalidades que por medio del CIAT exponen sus artículos y que nos permiten hacer nuestros comentarios sobre los temas tributarios que nos llevan a reflexionar que el tema de la obligación tributaria no está concluida, todo lo contrario, cada día surgen en el mundo tributario más formas de colaboración con los contribuyentes para poder cumplir con sus obligaciones ante el Fisco y prueba de ello es el tema desarrollado por el señor Director Isaac Gonzalo.
Efectivamente, que importante es que en toda Administración Tributaria exista transparencia por parte del contribuyente y de la administración como indica el autor, esto sería genial porque como en toda relación humana lo más importante es poder acudir con la confianza de saber que se me escuchará, se me atenderá y lo más importante se me resolverá la situación que me impide como ciudadano y como contribuyente, cumplir con el deber tributario, por motivo de que no se comprende muy bien la terminología o lo que debo hacer y cómo debo hacerlo.
He observado como las Administraciones Tributarias que existen tienen diferentes formas de colaborar con sus contribuyentes; sin embargo, la labor no está concluida, todavía falta por llegar a tener un clima de confianza mutua, que indistintamente se le llame “relación cooperativa” y “ cumplimiento cooperativo” o como indica la OCDE “cumplimiento cooperativo”, que me parece muy bien, porque todo estaría encaminado en mi criterio a esa cultura tributaria que siempre se ha necesitado para ambas partes. ¿ Por qué ambas parte? La respuesta en mi criterio, sería porque la Administración es la llamada en primera instancia a crear esa cultura y fomentarla en todos los ciudadanos para que se acerquen con un nivel de confianza y que tengan una respuesta positiva por parte del personal encargado para estos efectos y a quienes lógicamente deben capacitar con todos los valores y quienes deberán trasmitirlos, para tener reciprocidad y lógicamente maximizar el cumplimiento de la obligación tributaria con base en ese cumplimiento cooperativo a que se hace referencia por parte de la OCDE.
En la mayoría de las Administraciones Tributarias los caminos para que todo contribuyente cumpla con sus obligaciones existen, los tienen muy bien definidos, así se tienen por ejemplo invitaciones que se les hacen a los sujetos pasivos a través de los medios de comunicación para que se acerquen a las plataformas de servicios, quioscos de información, sistemas tecnológicos con que se cuenta y que se ofrecen para que ingresen, pero sin lugar a dudas, es una lucha constante, debido a que en primera instancia los contribuyentes son seres humanos y hay que reiterarles las obligaciones tributarias que tienen para fomentar una verdadera cultura tributaria. Concluyo: la labor que tienen las Administraciones Tributarias en referencia al cumplimiento de la obligación tributaria es como el que tiene una empresa con productos de excelente calidad y necesarios para la vida, pero que tiene que estar promocionando esos productos. Empresa a la que también desde el punto de vista fiscal, hay que comunicarle que se acerque a la Administración Tributaria a cumplir con su obligación tributaria y esto fomentará el “cumplimiento cooperativo”.
Hola. Buen Día.
El informe y el tema indican sobre la necesidad de restaurar la confianza pública en las relaciones entre grandes empresas y administraciones fiscales. La administración Tributaria tiene la responsabilidad de asegurar que se gestione los riesgos relacionados con el cumplimiento de manera rentable y efectiva. Desarrollar y publicar consejos de administración que puedan mejorar la calidad de gobierno y relación corporativa, para evitar o reducir los grandes riesgos fiscales. (La relación cooperativa: Un marco de referencia – De la relación cooperativa al cumplimiento cooperativo – OCDE)
Las administraciones tributarias deberían mantener una gestión facilitadora para poder ofrecer a los contribuyentes lo que esperan realmente de las administraciones tributarias.
Señor Arias.
Muy buen artículo, también he estado leyendo el Documento de trabajo número 2. Me parece excelente.
Quería hacerle una pregunta, en una administración de impuestos local, mi ciudad tiene aproximadamente 500.000 habitantes, desde el año pasado se bajaron los topes de ingresos, de manera significativa, y en mi ciudad hubo muchísimas personas que tuvieron que declarar, mas no pagar.
Mi pregunta va a enfocada en lo siguiente, se podría hacer una investigación en cuanto a determinar practicas de cumplimiento cooperativo de mi administración local, para las personas naturales que le comenté anteriormente y determinar con ellas el impacto que a causado este suceso?
O el cumplimiento cooperativo solo atiende a personas jurídicas y que pagan impuestos?
Mi correo electrónico es majamora@gmail.com
Mi nombre es María Alejandra Mora, soy colombiana, aquí en mi país es demasiado poco lo que encuentro acerca del tema de relación de cumplimiento.
Ingrese su mensaje aquí…unos de los grandes retos que sufre la administración tributarias,es que no tienen norma de cumplimiento con el contribuyente.
No existen oficina de orientación al contribuyente por el contrario,el personal de la administración tributarias desconoce los principios básicos de atención al contribuyente por el contrario lo aleja sin llegar a un resultado favorables para la administración tributaria.
Las administraciones tributarias tienen que estar enmarcadas a los convenio bilaterales entre los países firmantes y su solicitud debe ser confidencial entre la administración tributarias y el contribuyente únicamente.
No existen divulgaciones que pueda atraer al contribuyente omisos,morosos,no declarante,etc.
Gracias por la invitación para hacer el comentario al artículo denominado «Cumplimiento Voluntario», sin embargo, aun cuando ya hice mi comentario sobre ese excelente artículo reitero y adiciono, que efectivamente como se indica: «Dadas las características de la relación tributaria, constituye todo un desafío llegar a este “punto de equilibrio”, en el cual la administración tributaria tiene la intención de ayudar y el contribuyente permita ser ayudado (y viceversa)», esto es y será siempre una lucha tanto para la Administración Tributaria como para el obligado tributario. Lo ideal será siempre que el contribuyente se sienta con toda la confianza de acudir a su Administración para realizar todos sus trámites y cumplir a cabalidad con el mandato constitucional y legal; por su parte, la Administración debe estar siempre con la disposición de ayudarlo, darle la mejor asesoría, para que se sienta un ciudadano que cumple con sus obligaciones tributarias. Definitivamente, el desafío existe y existirá siempre, porque cada día nace un nuevo contribuyente, al que habrá que motivar, educar, capacitar y que tenga como modelos los contribuyentes que lo anteceden. La tarea no es sencilla, la Tributación debe estar pendiente de los que ya tiene inscritos como obligados tributarios, de los que teniendo que estar como contribuyentes no lo están y de los que quieren estar pero que requieren la colaboración los funcionarios tributarios preparados para cumplir y hacer efectiva la recaudación de los tributos.
Muy bueno el articulo!
Muy buenas tardes, excelentes propuestas para implementar acciones que apoyen el cumplimiento cooperativo en general. La necesidad de acercarnos a los contribuyentes y usuarios del comercio exterior actualmente se ha vuelto una necesidad imperiosa para las administraciones aduaneras y tributarias. Es importante establecer mecanismos de gestión de riesgo que nos permitan identificar buenos usuarios dispuestos a trabajar en forma conjunta en el fortalecimiento del cumplimiento tributario.
Gracias por el reciente estudio, estoy segura que va apoyarnos en el desarrollo estratégico de nuevas pautas, procedimientos y actividades con las que podamos muy pronto figurar en su lista de iniciativas.
Saludos cordiales,
Gladys Nichols Arce
División de Gestión del Sistema de Calidad
Programa Gestión de Capital Humano.
SUNAT – PERU
No acomparto la opinión de que el “cumplimiento cooperativo” constituye una utopía en los países en desarrollo, es cierto que para lograrlo se necesita un lapso de tiempo en el cual se implementen programas de consientización y educación tributaria, implementar en los colegios materias de educación cívica a la menor edad posible a objeto de que esos niños cuando lleguen a edad adulta tengan asimilado y estén convencidos del deber que tiene con su país respecto al cumplimiento tributario, reduciendo así la «Brecha de Cumplimiento Tributario» que se da con la pirámide:
– Los Contribuyentes que no quieren cumplir
– Contribuyentes que cumplen ante un control de la Administración Tributaria
– Contribuyentes que quieren cumplir pero necesitan información para cumplir y,
– Contribuyentes que cumplen.
Saludos para todos
14.04.2015
No hay duda que la preocupación por alcanzar el «cumplimiento voluntario» podría ser una utopía, pero el «Cumplimiento Cooperativo» es una realidad puesto de manifiesto por el esfuerzo de las Administraciones Tributaria, lo que hace falta es que realmente las Administraciones Tributarias adopten comportamientos más amigables con los contribuyente, para que se legre hacer entender, que luego de producido el hecho tributario, que dá origen a las obligaciones tributarios, la relación que surge entre administración y administrado, es una obligación jurídica, por estar amparado en la ley tributaria de Orden Público que obliga a ambos sujetos, y no es, una relación de poder, en donde la Administración puede acudir a los apremios, sanciones y cobro de los intereses, en caso de incumplimiento oportuno de las obligaciones establecidas en las leyes tributarias. Felicito a Isaac Gonzalo, por esta síntesis sobre el cumplimiento de las obligaciones establecidas fundamentalmente por las leyes tributarias.
Saludos
Buenos dias.- Sin animo de polemizar.- el temita de marras, me parece que lo expuesto por el participante europeo es la correcta “cumplimiento cooperativo” constituye una utopía en los países en desarrollo y que muchas de las iniciativas existentes en dichos países no estaban generando resultados», Asi es, es que cuando se hace un analisis tienen ser integral yo no veo que en caso peruano se de cumplimieno cooperativo, y creo que es un comun denominador en toda america latina por cuanto son la administraciones que con su accionar propician que no se logre el dichoso cumplimiento; por cuanto esta en inconciente colectivo de las administraciones tributarias que el contribuyente es un delincuente disfrado de empresario, vaya cosa que podamos avanzar y de otra parte la percepcion del contribuyente es que las Administraciones no tienen la menor idea de lo que hacer negocios y que el duo mercado y estado le terminan quebrando y no me digan que no; como estan los mercados sumado disque a la «eficiciencia» le notifican al siguiente dia de un vencimiento a que cumpla con pagar; donde esta entonces el respiro al contribuyente ellos tambien quieren crecer, progresar y no entrar y salir del sector en que incursionaron como ingresaron; la liquidez es una tema crucial y los «eficientes» administradores como tienen un computador que les toma 5 minutos en hacer el control y luego es tema de courrier se creen eficientes; y lo peor quien va participar en un cumplimiento cooperativo, por las razones siguientes:
1.- Las megas empresas tienen escudos fiscales dado por el gbo para disque vengan a invertir .
2.- A las medianas y pequeñas empresas que les dan nada; solo carga administrativas como el tema de retenciones y percepciones y encima tener un coraza a prueba de balas para soportar la capacidad de tolerar el control de las A. T.
3.- La percepcion que los recursos que se generan se llevan los burocratas de las A.T y el estado corrupto hace la otra y mayor parte.
4.- que su competencia que el que esta a su costado o en la esquima es un informal total y las A.T no hacen nada por estar tras su computador y termian llevandolo a la quebra por temas de mercado, encima la sunat le exige que tenga liquidez para cumplir al dia sus obligaciones.
Por eso que exista un avance en America Latina salvo los paises desarrollados, es una estadistica hecho despues de muchas botellas de wisky y pensado en llenar los ojos para matener el statu quo de los Adm. Tribtarios; como siempre otro temita de un teorico sin apice de experiencia en el mundo empresarial.
Gonzalo Excelente artículo! Es necesario afianzar la relación Administración Tributaria-Contribuyente, para esto es muy buena la implementación de un «cumplimiento cooperativo» fortaleciendo todos los mecanismos posibles.
Te felicito por lo antes señalado. En efecto, creo en la cooperacion, en las facilidades, que las administraciones tributarias deben de darle a todos los contribuyentes, la simplificacion es básica, tanto en los regímenes triutarios, como en los procedimientos, es decir, todo debe tener como objetivo facilitarle a quien cumple con pagar sus tributos, haciendo que su tarea sea más fácil y rápida de hacer.
Es un gran paso, esta perspectivas que planteas.
Te felicito.
Carola Zapata Peñaloza
SUNAT
Lima – Perú
Buenas tardes
Muy bueno lo que indicas, al final, considero, TODO es cultura y es en eso, desde el inicio, que se debe trabajar, el problema de siempre será el pago de los impuestos, no obstante lo anterior se puede minimizar si existe una cultura, misma que los gobiernos deben dar a sus habitantes.
Hola, Buen Día.
En el contexto del tema de la Relación Cooperativa y los demás temas señalados por los lectores, sin olvidarnos de la Cultura Tributaria que es un tema y compromiso importante del gobierno de cada nación. También seria importante para mantener una relación de confianza, el tema de la Corrupción que existe en las administraciones publicas. El Índice de percepción de la corrupción dado a conocer por Transparencia Internacional es todavía algo alarmante y preocupante para los ciudadanos contribuyentes de América Latina.
Buenos días:
Interesante el artículo sobre el concepto de «Cooperación» que yo en el campo de la administración tributaria la enmarcaría dentro del concepto de materialización del «Servir», cualidad, actitud, compromiso o simplemente deseo de ayudar al otro. Es la función de la entidad pública y es el compromiso de quienes trabajamos en ella, pero este cooperar debe ir más allá del simplemente reportar información, orientar para llegar al campo de acompañar al contribuyente en el cumplimiento de la obligación tributaria, hasta el punto de poder abiertamente sugerir de un forma ética y responsable y con el conocimiento que la entidad debe garantizar a sus funcionarios el quehacer correcto de ese deber. Falta mucho para ello. (Donde están las herramientas de cálculos de intereses, sanciones o el acompañamiento en su funcionamiento entre otros que ayuden al contribuyente a realizar bien su tarea), todavía estas estás en su mayoría siguen
supeditadas a que sean creados por personas no vinculadas con la administración tributaria……. no debería ser ésta la que debería estar garantizándolos?……