¿Impuesto, tasa o precio?
Llamar correctamente a las cosas.
Hace unos meses, uno de nuestros países miembros nos consultó acerca de las mejores prácticas en la recaudación del llamado «impuesto de salida del país», aquel que normalmente se paga cuando uno abandona un país, generalmente, por vía aérea.
Para atender esta solicitud empecé a buscar qué países mantienen en su sistema tributario este impuesto y lo que descubría más allá de la forma cómo se recaudan, es que en nuestros países estamos muchas veces llamando impuesto de salida del país a exacciones monetarias que en realidad constituyen tasas, precios públicos y hasta precios privados.
El resultado de una rápida revisión de la práctica de 10 países, se muestra en el Cuadro N° 1 más abajo(1). 3 de ellos cobran realmente un impuesto (Colombia incluso 2), 5 cobran tasas y 4 cobran precios privados, ya que el beneficiario de la recaudación es una empresa privada concesionaria del aeropuerto.
Cuadro N° 1
País | Nombre del cargo | Tipo de carga | Beneficiario | Forma de cobro |
Argentina | Tasa de Uso de Aeroestación | Precio privado | Concesionario privado de Aeropuerto | Se cobra por separado en el aeropuerto |
Bolivia | Impuesto a las Salidas Aéreas al Exterior | Impuesto | Gobierno Nacional | Se incluye en el precio del ticket aéreo |
Tasa aeroportuaria | Precio privado | Concesionario privado del Aeropuerto | Se cobra por separado en el aeropuerto | |
Chile | Derecho de Embarque | Tasa | Organismo público (Dirección General de Aeronáutica Civil) | Se incluye en el precio del ticket aéreo |
Colombia | Tasa aeroportuaria internacional | Tasa | Organismo público | Se incluye en el precio del ticket aéreo |
Impuesto al Timbre Nacional(2) | Impuesto | Gobierno Nacional | Se incluye en el precio del ticket aéreo | |
Impuesto con destino al turismo | Impuesto | Gobierno Nacional | Se incluye en el precio del ticket aéreo | |
El Salvador | Tasa Aeroportuaria | Tasa | Organismo público (Comisión Ejecutiva Portuaria Autónoma) | |
Honduras | Tasa por Servicios Aeroportuarios | Tasa | Organismo público | |
Panamá | Tasa aeroportuaria | Tasa | Empresa pública (Aeropuerto Internacional de Tocumen SA.) | Se incluye en el precio del ticket aéreo |
Perú | Tarifa Unificada de Uso de Aeropuerto | Precio privado | Concesionario privado del Aeropuerto | Se cobra por separado en el aeropuerto |
Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional | Impuesto | Gobierno Nacional | Se incluye en el precio del ticket aéreo | |
Uruguay | Servicio de Embarque | Precio privado | Concesionario privado del Aeropuerto | Se cobra por separado en el aeropuerto |
Para los pasajeros, poco importa cómo se llamen estas exacciones monetarias. Su sensación es que le están cobrando «un impuesto». La prensa incrementa aún más esta sensación cuando se refiere a ellas de esa forma. Incluso la IATA(3), que publica el «List of Ticket and Airport Taxes and Fees«, no hace siempre las distinciones entre las diferentes especies de tributo.
Pero llamar correctamente a las cosas, nos ayudaría a los tributarios a identificar mejor al beneficiario de la recaudación, y entender porqué en un país se cobran estas exacciones de una forma u otra. No saben cuánto ayudaría eso a lograr una correcta comparación internacional. Así también, nos ayudaría a clasificar mejor los ingresos fiscales y hacer mejores comparaciones de los ingresos tributarios.
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3 comentarios
Buen tema Miguel.
En efecto, en muchos de nuestros piases latinos, la administración de estos tributos causa verdaderos dolores de cabeza, no solo para la administración de los mismos, sino particularmente para el control de los recudos.
sip es un tema muy interesante y que cada una de las personas podemos acceder
sabes si en Europa tambien cobran este impuesto?