“Mitigar el cambio climático” EL FMI y las políticas climáticas: dimensión fiscal, financiera y monetaria, y manual de la ONU sobre el diseño de impuestos al carbono.
Recientemente, el Fondo Monetario Internacional ha publicado varios estudios importantes sobre la política climática global.
Este mes de octubre 2019, el FMI público el estudio “Efectos macroeconómicos a largo plazo del cambio climático: Un análisis internacional”. [1]
Anteriormente, el 4 de septiembre 2019 se publicó el estudio “Políticas macroeconómicas y financieras para la mitigación del cambio climático: Una revisión de la literatura”[2], en el cual se detallan las dimensiones fiscal, financiera y monetaria.
Adicionalmente, El Monitor Fiscal del FMI de octubre 2019[3] destaca el consenso global sobre el calentamiento global: representa una grave amenaza para el clima de planeta y los niveles de vida en todos los países. Sabemos que las emisiones de dióxido de carbono (CO2) que siguen aumentando son una causa clave de este fenómeno.
En mi opinión, el FMI se une de esta manera a las voces del Panel Intergubernamental sobre el cambio climático de las Naciones Unidas, según cual los efectos de no actuar serán dañinos y mortales, con eventos climáticos extremos, probable aceleración del aumento del nivel del mar, inundación de las zonas costeras e interrupción de los suministros de alimentos.
A. La creación de políticas públicas del clima
Comentamos a continuación el resumen ejecutivo del último estudio, resaltando 7 elementos considerados fundamentales para el desarrollo de políticas públicas climáticas en materia fiscal:
B. Herramientas macroeconómicas, financieras y monetarias para le mitigación del cambio climático
El estudio “Políticas macroeconómicas y financieras para la mitigación del cambio climático” publicado en septiembre 2019 por el FMI diferencia estos tres tipos de herramientas:
Las herramientas fiscales incluyen regulaciones como impuestos nacionales a las emisiones de carbono y normas de eficiencia energética. Ejemplos de estas son el impuesto al carbono de Suecia, el sistema de derechos de emisiones de California o las regulaciones de la UE.
Las políticas financieras de la mitigación incluyen las exigencias de recaudar data sobre los riesgos climáticos de los valores y patrimonios, pruebas de estrés climáticas, reformar los criterios de gobernanza de empresas, evaluar los balances de las empresas multinacionales según sus riesgos ecológicos. En este sentido, los Bancos centrales de Inglaterra, de Francia, de Brasil y de China emitieron varias llamadas para la divulgación obligatoria de los riesgos climáticos.[4]
Las herramientas monetarias implican integrar los riesgos climáticos en las estructuras colaterales y la gestión de portfolio de los bancos centrales, y la expansión cuantitativa (QE en inglés), es decir asegurar que los riesgos climáticos se reflejen adecuadamente en los portafolios de los bancos centrales y favorecer esquemas de financiación a los bancos que inviertan en proyectos bajo en carbono, y compras de bonos bajo en carbono por los bancos centrales. Estas políticas se reflejan en declaraciones de los bancos centrales de Inglaterra, Japón, Bangladesh, Noruega e India, entre otros.
C. Un Manual de las naciones unidas para el diseño de impuestos a las emisiones de carbono, orientado a los países en desarrollo
¿Cómo pueden las administraciones tributarias responder al reto de implementar de manera eficientes la tributación de las emisiones de carbono? Tras la sesión del Comité de Expertos en Cooperación Internacional para Asuntos Fiscales de las Naciones Unidas, se publicó en abril 2019 un manual sobre el diseño e implementación de impuestos sobre las emisiones de carbono. Esta guía está orientada sobre todo hacia los países en desarrollo que están considerando introducir o desarrollar sus impuestos a las emisiones de carbono. El enlace hacia este manual esta disponible. [5]
El manual incluye los elementos siguientes:
La descripción más detallada de este manual será objeto de nuestro próximo artículo de blog.
[1] Ver documento: https://www.imf.org/en/Publications/WP/Issues/2019/10/11/Long-Term-Macroeconomic-Effects-of-Climate-Change-A-Cross-Country-Analysis-48691
[2] Ver documento: https://www.imf.org/en/Publications/WP/Issues/2019/09/04/Macroeconomic-and-Financial-Policies-for-Climate-Change-Mitigation-A-Review-of-the-Literature-48612
[3] Ver: https://blogs.imf.org/2019/10/10/fiscal-policies-to-curb-climate-change/
[4] “Llamado urgente a las armas sobre los riesgos climáticos” https://www.centralbanking.com/central-banks/economics/4238927/call-to-arms-on-climate-change
[5] Ver: https://www.un.org/esa/ffd/wp-content/uploads/2019/04/18STM_CRP4-Environmental-tax-issues.pdf
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3 comentarios
Yo creo que las administraciones tributarias y los que dictan politicas en esta materia en nuestros países pueden hacer más. Y no se trata solo de las emisiones a la atmósfera. Estamos destruyendo nuestro planeta, nuestros ecosistemas y todo eso tributa al cambio climático. Es obligatorio integrar la dimensión ambiental a los objetivos del desarrollo económico y compatibilizar las necesidades de toda la sociedad con el mantenimiento del equilibrio ambiental, actual y futuro. Los impuestos medioambientales son utilizados por algunos países como mecanismos regulatorios de los agentes que, por su actividad, afectan el ecosistema. Para evitar la destrucción del medio ambiente, la supervivencia de los seres vivos y el desarrollo humano, es necesario tomar las medidas necesarias. En primer lugar, hacer un uso adecuado de los recursos naturales, no utilizarlos de manera indiscriminada y realizar tareas sustentables. El desarrollo humano incluye el crecimiento económico posible, la distribución con equidad de las riquezas y la elevación de la calidad de vida de todos los integrantes de la sociedad. La Ley del Sistema Tributario en Cuba aprobó la implementación de cinco impuestos para modificar el comportamiento de algunos actores del medio ambiente y desincentivar ciertos tipos de comportamiento. Los ingresos recaudados por concepto de los impuestos medioambientales es del 0.02% del total, lo que reafirma la tesis de que su finalidad no es recaudatoria.
Aquí les dejo el link de un trabajo sobre este tema publicado el pasado año: http://www.mfp.gob.cu/revista_mfp/index.php/RCFP/article/view/03_V2N22018_JCVMyYCD
Buenos día, gracias por su enlace. Concuerdo totalmente con usted que es necesario tomar las medidas necesarias para la supervivencia de los ecosistemas y el desarrollo humano sostenible. Los impuestos medioambientales pueden y deben jugar un papel, aunque se debe clarificar las limites entre políticas medioambientales en general, y políticas específicamente fiscales. La finalidad de los impuestos al carbón no son recaudatorios a largo termino, pero para ser efectivos, requieren efectividad y consistencia a corto y medio termino. Una vez que un país se hace neutral en sus emisiones de carbono (Por ejemplo si los efectos de la forestación compensan por completo las emisiones de carbono, un ejemplo en este sentido es Costa Rica, que se acerca de la «neutralidad carbono», gracias a sus políticas ambientales efectivas, y Cuba es activo también en este sentido), en teoría los impuestos al carbono no serian mas necesario. El problema es que algunos los peores emisores son los que mas necesitan esta política, y se niegan a implementarla, mientras los países mas dispuestos a aplicarla son aquellos que son menos responsables de nuestra tragedia ambiental. Un saludo.