Preguntas | Perspectivas de Precios de Transferencia en la Industria del Petróleo y el Gas
El 24 de julio del 2020, el CIAT llevó a cabo un seminario web sobre Perspectivas de Precios de Transferencia en la industria del Petróleo y el Gas. El panel estuvo compuesto por Gonzalo Arias y Alejandro Juárez del CIAT; además de José Luis Galindez, Carlos E. González Gamero y Susana Bokobo. Más de 600 participantes se unieron al seminario web y varias preguntas quedaron sin responder. En ese sentido, las publicamos:
Gracias por la oportunidad de participar ¿Cuáles son las experiencias de los ajustes o gloza sobre esta actividad económica? ¿Qué tan litigioso han sido estos casos? En algunos países donde importamos petróleo y gas, son muy discutidos en los tribunales, desde la base de datos para obtener los precios, la fijación de precios, las primas que involucra dichas importaciones.
En materia de cooperación entre las administraciones tributarias, ¿Considera que el intercambio de información en materia tributaria entre jurisdicciones, fortalecen el control de precios de transferencia?
Sin duda las autoridades fiscales deben de utilizar todas aquellas herramientas disponibles para estar en condiciones de ejercer sus facultades y corroborar el correcto cumplimiento de obligaciones fiscales, especialmente cuando se trata de asuntos que involucran tributación internacional como las operaciones con partes relacionadas residentes en el extranjero.
La información obtenida mediante mecanismos de intercambio de información puede ser muy útil para que las autoridades fiscales puedan allegarse de los elementos necesarios para realizar apropiadamente sus labores de fiscalización, incluyendo aquella que no hayan podido obtener del contribuyente doméstico y con la que si cuente la autoridad fiscal extranjera; así como para poder realizar apropiadamente las labores de análisis de riesgo fiscal necesarias para tomar la decisión de iniciar un proceso de fiscalización a un contribuyente.
En un país dónde no se visualiza el pago de regalías por el uso de una marca X de Gas; pero si se da un pago por primas adicionadas a los precios internacionales; ¿consideran que esta prima se convertiría en el pago de Regalías?
Muchas gracias por la pregunta. En abstracto, y tal y como está considerada la pregunta, es difícil considerar que un pago de esas características se pueda considerar una regalía. En cualquier caso, habría que determinar tanto la naturaleza de ese precio internacional, en concreto, cuál es la causa del pago de ese precio, como la naturaleza de la prima que se adiciona al mismo.
Gracias por compartir sus experiencias en este interesante tema y sector que suele tener sus niveles de complejidad, mi duda surge sobre el tratamiento de algunas actividades financieras entre partes vinculadas. Dado que es parte de la operatividad de este tipo de empresas, ¿cuál es el tratamiento adecuado para los derivados financieros entre partes relacionadas, es razonable su admisibilidad toda vez que los riesgos que se buscan mitigar están dentro de un mismo grupo y por ende puede ser utilizado para diferir renta?. Con el nivel de incertidumbre que existe ¿cuál es el alcance de deducibilidad de los costos y gastos para este tipo de transacciones en particular entre partes relacionadas? Siendo que la contraparte que cubre el riesgo del subyacente se suele ubicar en un régimen preferente.
Muy interesante la pregunta. Sin duda, podría dar lugar a todo un webinar. Cierto es que el nivel de incertidumbre que vivimos no tiene precedentes. Como es sabido, la utilización de los derivados financieros tiene una función muy concreta en esta industria: la mitigación o transferencia del riesgo de incertidumbre relacionada con las fluctuaciones adversas con el fin de limitar o compensar la probabilidad de pérdida. Dentro de estas fluctuaciones tenemos la de los precios de los productos básicos y tipos de interés, por ejemplo, que están fuera del control de las entidades ya que se rigen por las fuerzas del mercado. Pero también es cierto que es necesario, desde mi punto de vista, distinguir aquellas operaciones que tienen un subyacente cierto, de aquellas puramente especulativas. Centrándome ya en la pregunta concreta, podrían analizarse algunas fórmulas como por ejemplo que las pérdidas de ciertos instrumentos no pueden superar un precio de mercado determinado, sin embargo, podrían no ser coherentes con el principio de arm’s lengh.
Como é que as administrações tributarias dos vossos paises detetam e monitorizam eventuais situações de preços transferência? Existe grupo especifico que monitoriza com recurso a apoios de inteligência artificial, com base nas declaraçoes fiscais? Ou as situações são apenas detetadas com base em inspeções regulares/normais?
Usualmente, las Administraciones Tributarias cuentan con áreas específicas dedicadas a la identificación de riesgos fiscales, incluyendo los relativos a la posible manipulación de precios en operaciones entre partes relacionadas, para lo cual comúnmente se desarrollan modelos y perfiles de riesgo con base en documentación proporcionada por los contribuyentes anualmente a las administraciones tributarias, como declaraciones, reportes, estados financieros, así como herramientas que están disponibles para algunos países como el Archivo Local, el Archivo Maestro o el Reporte País por País, mediante los cuales se busca la congruencia entre el grado de presencia económica y renta gravable en una jurisdicción, así como otros factores que pueden representar riesgo como operaciones complejas por montos significativos que se celebran en por única ocasión, nivel de rentabilidad en comparación con el sector industrial al que pertenece un contribuyente, las pérdidas recurrentes, los pagos de regalías a entidades ubicadas en jurisdicciones de baja o nula imposición, la transferencia o uso de intangibles a partes relacionadas, entre muchos otros.
En relación a la venta de bonos de carbono (con el objetivo de reducir emisiones de efecto invernadero) debe ser considerado un commoditie? La compra venta de dichos bonos cuando generan utilidad podrá ser gravada, sería importante que exista normas internacionales que regulen dichas transacciones considerando que pueden realizarse entre distintos países.
Interesante pregunta. Desde mi punto de vista, los bonos de carbono en sí, en principio, no deberían considerarse commodities, salvo que una legislación concreta así lo establezca. Estoy totalmente de acuerdo en que sería importante que existan normas internacionales que regulen las transacciones.
Hola, tienen el documento o paper donde se señala la evaluación de hacer píblico el RCBC?
Es una reivindicación o petición de las ONGs fundamentalmente. Un ejemplo de esta petición se encuentra en el informe de Oxfam disponible en https://www.elboletin.com/adjuntos/176586/informe_Oxfam.pdf
En esta pandemia y en el contexto latinoamericano, ¿en qué porcentaje o que cuantificación ayudaría simplificar los trámites tributarios en un país para atraer inversiones de empresas internacionales
No podría hablar de un porcentaje concreto o cuantificación, pero de lo que sí estamos seguros es que la simplificación de los trámites en un país definitivamente anima a los inversores a tomar en consideración un país frente a otro si están en las mismas condiciones de inversión.
Sin duda, todas aquellas medidas que impliquen una menor carga administrativa y que permitan a los contribuyentes y a las autoridades fiscales contar con certeza del correcto cumplimiento de obligaciones fiscales, son útiles, siempre y cuando haya un balance apropiado entre cumplimiento y control, especialmente en un entorno de recuperación económica en la que hay presiones para las administraciones tributarias para recaudar recursos que permitan a los Estados hacer frente a los retos que implica dicha recuperación.
Es difícil establecer un grado o porcentaje, pero como se señaló anteriormente, un factor muy importante para determinar el tipo de medidas de simplificación del cumplimiento debe ser el balance apropiado entre cumplimiento y control.
Dado que los precios de los derivados de petróleos son muy susceptibles a la economía de un país. En su opinión, ¿cómo se debe mitigar esta volatibilidad para poder establecer un precio que pueda ser comparable en la industria?
La volatilidad de los precios de los derivados del petróleo depende de tantas variables fuera del alcance de una sola parte interesada que es muy difícil mitigar esa volatilidad. En mi opinión, debería haber un consenso internacional para que fuera posible.
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