¿Pueden el reforzamiento del gobierno corporativo de las grandes empresas mejorar su cumplimiento fiscal?

Las grandes empresas aportan un porcentaje muy alto de la recaudación tributaria

por lo que cualquier variación en su comportamiento fiscal tiene amplia repercusión en los ingresos públicos en nuestros países.

Por este motivo, la mayoría de las administraciones tributarias cuentan con unidades especializadas para el control de los grandes contribuyentes y han promovido cláusulas anti-abuso y normas para ampliar las bases imponibles en la imposición societaria en la estela del Plan de acción BEPS.

En paralelo, en algunos países se han puesto en marcha programas de relación cooperativa para incentivar el cumplimiento voluntario, reforzar la transparencia y reducir la conflictividad.

En realidad las dos estrategias, Plan BEPS y relación cooperativa, pueden ser complementarias, puesto que de lo que se trata es de ofrecer fórmulas colaborativas a quienes actúan con transparencia y están dispuestos a cooperar con la administración, y así liberar recursos para reforzar el control de aquellos que actúan con opacidad y / o incumplen.

Por otra parte, puesto que la responsabilidad social corporativa ha producido escasos resultados en el ámbito fiscal, algunos países han optado por reforzar las reglas de buen gobierno corporativo de las sociedades mercantiles aprobando normas que directamente imponen obligaciones a las sociedades en materia de gobernanza fiscal.

En España, desde 2015 la ley de sociedades de capital atribuye a los consejos de administración de las sociedades cotizadas, como facultad indelegable, la determinación de la estrategia fiscal y de la política de control y gestión de riesgos, incluidos los fiscales, de la entidad o grupo. También se atribuye al consejo la aprobación de las operaciones de especial riesgo fiscal y las relativas a entidades de propósito especial o en paraísos fiscales.

Con ello se pretende que la fiscalidad forme parte de la agenda permanente de los consejos de administración de las grandes sociedades, sin que su componente técnico y complejidad sirvan de pretexto para que los máximos responsables de las empresas vivan al margen de las decisiones tributarias, dejando que toda la responsabilidad sea de los especialistas de su departamento fiscal.

Con la nueva regulación mercantil no necesariamente cambiará el comportamiento de aquellos grupos económicos que buscan a toda costa pagar los mínimos impuestos posibles y actúan con opacidad, pero, al menos, el consejo de administración deberá asumir expresamente ese comportamiento ante los accionistas, los grupos de interés y la sociedad.

Para quienes quieren cumplir, en mi opinión, no es suficiente con definir la estrategia fiscal de manera genérica, simplemente asumiendo el cumplimiento de las normas fiscales en todos los países en los que se opera y la colaboración con las administraciones tributarias.

A mi juicio, se debe entrar en detalles, lo que significa que el consejo debe pronunciarse sobre las siguientes cuestiones:

pronunciarse sobre las siguientes cuestiones:

– Si su estrategia fiscal se basa en el cumplimiento literal de las normas fiscales o en una interpretación basada en su espíritu y finalidad.

– El grado de alineamiento con el Plan BEPS, en particular, si los impuestos sobre el beneficio pagados en cada país son coherentes con el valor generado en cada uno de ellos y si se elabora un informe país por país (y si es público).

– La existencia de entidades en paraísos fiscales y los planes sobre su mantenimiento o extinción.

– La incidencia que las prioridades y planes de control que algunas administraciones tributarias publican puedan tener en su actividad.

– Su posición frente a los mecanismos de relación cooperativa que puedan existir en los países en los que opera.

– Su protocolo de actuación para asegurar que el consejo de administración aprueba caso a caso las operaciones con consecuencias fiscales relevantes.

– Su forma de actuación ante las contingencias fiscales. ¿Se formulan consultas a la administración y se solicitan acuerdos previos de valoración?, ¿se comunican sistemáticamente a la administración tributaria las posiciones fiscales inciertas?, ¿se intenta llegar a acuerdos con la administración o se prefiere litigar?

– Aplicando la metodología de análisis de riesgos que se utilice por la empresa, ¿cuál es su “apetito por el riesgo fiscal” y cómo se gestiona?

Algunos expertos fiscales de las grandes empresas y grupos económicos consideran que este enfoque constituye una buena oportunidad para que la función fiscal desempeñe un papel más central en el modelo de negocio y para que las responsabilidades fiscales se asuman siempre al nivel correspondiente.

Pero otros muchos consideran que involucrar de verdad a los consejos de administración en las decisiones fiscales no tiene sentido: ni les interesan ni van a entender la complejidad técnica de los asuntos, y si en el futuro hay problemas la culpa será del técnico que no les informó bien; por tanto, se trata de cumplir formalmente la nueva normativa, pero en el fondo siguiendo como hasta ahora.

A los escépticos siempre les pongo un ejemplo intentando cambiar su percepción. Supongamos que caben dos interpretaciones sobre las consecuencias fiscales una importante transacción ya realizada por la sociedad y la interpretación favorable para la empresa implica pagar 300 millones de dólares menos de impuestos. ¿Quién decide si se asume el riesgo? Si se opta por la interpretación favorable, ¿quién decide si debe informarse a la administración tributaria de la existencia de una posición fiscal incierta? Hacerlo supone convertir un riesgo potencial de regularización tributaria en riesgo real, ya que es posible que la administración esté en desacuerdo con el criterio de la empresa y el precio a pagar serán 300 millones de dólares. ¿Y los accionistas?,

¿vamos a ocultarles a los verdaderos dueños de la empresa que tenemos una contingencia de 300 millones? Son decisiones que, en absoluto, corresponden al departamento fiscal, es el consejo el que se debe pronunciar sobre la contingencia y sobre su comunicación o no a la administración y / o a los accionistas.

Por otra parte, si la contingencia se refleja en la documentación corporativa de la empresa para informar a los accionistas y los grupos de interés, la administración tributaria podrá tener conocimiento de la misma. ¿Están preparadas las administraciones tributarias para hacer frente a este nuevo escenario? Que sea la propia empresa la que ponga en evidencia sus contingencias, directa o indirectamente, puede romper muchos esquemas desde el punto de vista de la planificación, selección, metas a cumplir, modelo organizativo. No solo tenemos que fomentar la transparencia, tenemos que ser capaces de gestionar las contingencias fiscales que se nos revelen.

Contamos con importantes aliados para reforzar la gobernanza fiscal: los grandes despachos y los expertos en gestión de riesgos la ven como una oportunidad de negocio, debido a la necesidad de asesoramiento externo de las empresas sobre los cambios que está experimentando la función fiscal.

Las ONGs también han aprovechado el cambio normativo para exigir a los grandes grupos económicos que sean fiscalmente responsables y más transparentes, y algunas de ellas publican estudios sobre la gobernanza y comportamiento fiscal de las sociedades cotizadas que están teniendo eco en los medios de comunicación. Como a ningún grupo económico le gusta quedar en los últimos puestos en las clasificaciones que ordenan a las grandes empresas según su grado de compromiso fiscal, los informes de las ONGs se han convertido en otro factor de cambio puesto que el riesgo reputacional es cada vez más importante para las grandes empresas.

Pero no podemos ser ilusos, este tipo de iniciativas son complementarias: las administraciones tributarias tienen que seguir generando percepción de riesgo y, para ello, el control y la lucha contra la elusión y el fraude son absolutamente prioritarios. No obstante, hay que utilizar todas las herramientas a nuestro alcance, y el reforzamiento de la gobernanza fiscal de las grandes empresas, así como el impacto reputacional de los riesgos fiscales, pueden ayudar a mejorar el cumplimiento voluntario.

Para profundizar sobre la situación en España, puede consultarse «Aquí»

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Aclaración. Se informa a los lectores que los puntos de vista, pensamientos y opiniones expresados en el texto pertenecen únicamente al autor, y no necesariamente a su empleador ni a ninguna organización, comité u otro grupo al que el autor pertenezca, ni a la Secretaría Ejecutiva del CIAT. De igual manera, el autor es responsable por la precisión y veracidad de los datos y fuentes.

4 comentarios

  1. Cuca Sacristán Sánchez Respuesta

    Como siempre un excelente y plácido análisis, con propuestas concretas y factibles y con una pedagógica visión de conjunto. Suscribo plenamente todas las afirmaciones y destaco la mención expresa hecha a la sociedad civil como nuevo agente vigilante del «buen comportamiento fiscal » de las empresas. Adjunto, por si hay algún lector interesado, el enlace al último informe que he publicado sobre la transparencia de la responsabilidad fiscal corporativa de las empresas del Ibex-35 (Í­ndice de la Bolsa de Madrid) titulado «Contribución y transparencia». La descarga es gratuita y ésta es la tercera edición del informe. La principal conclusión que se puede destacar es la sensible mejora en el cumplimiento de los indicadores por parte de las empresas y la toma de conciencia de éstas por las cuestiones de índole fiscal a la hora de reportar a todos sus stakeholders.Muchas gracias Jesús por el excelente post y por abrir un tema de debate tan interesante.http://www.compromisoytransparencia.com/conocimientos/informes/index_1.htmlhttp://www.compromisoempresarial.com/

  2. Sonia Mendez Respuesta

    Buenas noches, primeramente quiero felicitarlos por su nueva página. Sobre el tema en debate, concuerdo con que es interesante abrir este tema y proponer su aplicación en otros paises en Latinoamerica, pero creo que estoy del lado de los escépticos, aún no concibo la idea de responsabilidad social fiscal, pienso que en general una empresa lo que quiere siempre es maximizar utilidades, y un componente que permite mejorar o mantener esas utilidades son los impuestos, así que no me imagino a los accionistas de las grandes empresas, evaluando la posibilidad de pagar mayores impuestos, podría ser por temas de reputación.
    Ahora, en cuanto a la generación de percepción de riesgo, a lo mejor no he tenido oportunidad de revisar, no se si han publicado alguna vez datos estadísticos sobre la generación de riesgo en cada país de Latinoamerica, quisiera saber esos datos.

  3. Alfredo Collosa Respuesta

    Jesus muy buen articulo felicitaciones, creo que ese es el camino a seguir, ya que la percepcion de riego mediante auditorias y los servicios a los contribuyentes o en este caso el reforzamiento al gobierno corporativo son dos caras de la misma moneda que tienen como fin maximizar el cumplimiento voluntario por parte de los contribuyentes y de esta forma cumplir con el gran objetivo de toda Administración Tributaria.

    Tambien quiero felicitar a Cuca Sacristan Sanchez por el informe sobre transparencia de las responsabilidad corporativa de las empresas que nos ha dejado el link para su lectura.

    Un gran saludo y felicitaciones al CIAT por la nueva web que esta muy pero muy amigable¡

  4. Kirk Douglas Zerillo Respuesta

    Buenos días, aquí algunos temas de la lectura y de la lectura adjunta en los que se tiene que reflexionar y o recordar:
    • Esta el desarrollo de estrategias para reducir la evasión y la competencia desleal.
    • El desarrollo del observatorio de las empresas con Responsabilidad Social Corporativa.
    • Falta de reglas uniformes en la regulación de impuestos de sociedades en los diferentes países generan a lo que llaman vacíos.
    • El sistema de control de riesgos que incluye los riesgos fiscales con el Marco de Control Fiscal y que califica el riesgo fiscal de de dicha empresa.
    • Un Marco de Control Fiscal hace posible que el consejo de administración esté en condiciones de emitir una Declaración de Control Interno (DCI) que acredite que la materia fiscal está bajo control (procesos, formas, consecuencias, una manera de fiscalizar).
    • El Foro de Grandes Empresas y el Código de Buenas Prácticas constituyen un buen marco inicial para dar respuesta a estas situaciones.

    Es importante para la vida cotidiana la construcción de diseños y de estructuras técnicas tributarias que se desarrollan en las agencias tributarias para evitar principalmente la informalidad y la evasión de impuestos en el comercio, industrias y servicios.
    En las agencias tributarias también se planifican hacer reducciones en los costos para la formalización, para disminuir la informalidad desde los inicios de un empresario.
    En realidad en las noticias se percibe que la mayoría de ciudadanos tanto en opiniones son reacios (desobedientes, que rechazan a aceptar) a admitir una disciplinada reglamentación en materia tributaria y es una de las razones por las que se generan corrupción en el Sistema Tributario.
    Disminuir el porcentaje de los impuestos seria una alternativa a evaluar o pensar y también la complejidad técnica asociada a la fiscalidad, porque se desarrollan mecanismos y procedimientos por los funcionarios que son complejos, pero debería desarrollarse mecanismos y procedimientos que sean fáciles y comprensibles para la gran mayoría de los contribuyentes.
    Te invito a leer y compartir mi blog. Sigue el siguiente enlace: http://kirk-douglas-z.blogspot.pe/

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