¿Puede una AT brindar servicios a través de Whatsapp? En Uruguay ya funciona!

Una de las preocupaciones de las Administraciones Tributarias modernas es poder facilitar a sus contribuyentes el cumplimiento de sus obligaciones, con este objetivo, en 2018 en la Dirección General Impositiva (DGI) de Uruguay se implementó un plan piloto para brindar un servicio a través de la popular aplicación Whasapp.

El Proyecto abarca en esta instancia a un impuesto simple, que grava a los inmuebles, en base al valor catastral del mismo. De esta manera, es suficiente con que el contribuyente identifique la localidad y el número de padrón de su inmueble y DGI le puede suministrar el monto de su deuda y la factura correspondiente. Este servicio ya estaba disponible en la web, pero se decidió incorporar un nuevo canal, rápido, disponible las 24 hs del día, y que funciona sobre una aplicación ampliamente difundida y utilizada por el público en general, que en ocasiones es percibido incluso como más simple e intuitivo que navegar a través de una página web.

En consecuencia, una vez generada la base de datos con los inmuebles y su gravamen, se procedió a confeccionar el “árbol” de preguntas y respuestas, para poder responder en forma automática a la solicitud del contribuyente.

A través de 3 preguntas simples, se logra la información necesaria para poder comunicarle al contribuyente el monto del impuesto y adjuntarle el link desde donde puede obtener su factura. Veamos un ejemplo, con la información al momento de mandar un mensaje al número de DGI (+598 98 966 993):

De esta manera, de una forma muy rápida y amigable se puede obtener la factura para el pago del impuesto. En el primer mes de funcionamiento se superaron los 50.000 mensajes, abriendo un nuevo canal de servicios con los contribuyentes.

En definitiva una nueva tecnología nos permite acercarnos a los contribuyentes con mejores servicios, de una manera eficiente y con costos razonables.

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Aclaración. Se informa a los lectores que los puntos de vista, pensamientos y opiniones expresados en el texto pertenecen únicamente al autor, y no necesariamente a su empleador ni a ninguna organización, comité u otro grupo al que el autor pertenezca, ni a la Secretaría Ejecutiva del CIAT. De igual manera, el autor es responsable por la precisión y veracidad de los datos y fuentes.

10 comentarios

  1. Fernando Cabrera Respuesta

    El impuesto es el de primaria, no me queda claro. Gracias.

    1. Alejandro Grilli Respuesta

      Si, efectivamente Fernando, el servicio es sobre el Impuesto de Primaria, se puede acceder a la deuda y a la Factura correspondiente

  2. Alejandro Grilli Respuesta

    Si, efectivamente el servicio es sobre el Impuesto de Primaria

  3. Gustavo Romero Respuesta

    Mientras más facilidades tenga el contribuyente para cumplir con sus obligaciones tributarias, existirá menos evasión tributaria

  4. EDWIN GIOVANNY AGUILAR DAVILA Respuesta

    Felicitaciones a la Dirección General Impositiva de Uruguay por el plan piloto de utilizar la redes sociales para facilitar el pago de impuestos a los contribuyentes, pues considero que toda Administración Tributaria debe tener como fin principal el proveer de herramientas fáciles, ágiles y modernas a los contribuyentes para el cumplimiento de sus obligaciones. Es un ejemplo a seguir, eso si, con las medidas informáticas de seguridad necesarias para evitar un mal uso.

    Si el whatsapp es utilizado como una herramienta de comunicación, por qué no utilizarlo para que las AT se acerquen a los contribuyentes?.

  5. Juliana Bueno Respuesta

    Excelente, podría utilizarse para consultas genéricas o sencillas. Pero ¿no afecta la reserva tributaria y los datos personales? Como se acredita la identidad de quien consulta, ¿solo por el número de celular?

    1. Alejandro Grilli Respuesta

      Juliana, es muy acertado tu comentario, para este impuesto en particular estamos autorizados a expedir el monto, en la medida que el contribuyente suministre los datos necesarios para identificar al inmueble (Departamento, localidad, número de padrón), con lo cual no se afecta el secreto tributario. El plan a futuro es poder incorporar vencimientos, monto de impuestos fijos, cómo inscribirse, apuntamos básicamente a respuestas sencillas a consultas habituales.

  6. Fernando Díaz Yubero. Respuesta

    Enhorabuena, Alejandro, por este nuevo servicio a los ciudadanos. Un avance claro en la gestión del Impuesto de Primaria.
    Saludos.
    Fernando Díaz Yubero.

    1. Alejandro Grilli Respuesta

      Muchas gracias Fernando. Intentamos llegar a los contribuyentes desde todos los medios posibles, el Impuesto de Primaria nos genera nuevos desafíos. Esperamos tenerte pronto por acá, tus aportes siempre son de gran ayuda. Saludos!

  7. Alejandro Grilli Respuesta

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