CEPAL / CIAT – Acuerdo para la Coordinación y Ejecución de Actividades Conjuntas

Lugar de suscripción: Santiago, Chile

Firma: 18 de enero de 2011

Entrada en vigor: 18 de enero de 2011

Expiración: 3 años con prórrogas de un año

Coordinar agendas en áreas de interés común; combinar recursos y pericia cuando sea apropiado; lograr sinergias como producto del desarrollo de actividades conjuntas; utilizar recíprocamente las redes globales de ambas organizaciones para lograr ventaja y beneficio mutuos; mejorar la coordinación de actividades relacionadas; y compartir conocimientos e ideas.

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