CEPAL / CIAT – Acuerdo para la Coordinación y Ejecución de Actividades Conjuntas
Lugar de suscripción: Santiago, Chile
Firma: 18 de enero de 2011
Entrada en vigor: 18 de enero de 2011
Expiración: 3 años con prórrogas de un año
Coordinar agendas en áreas de interés común; combinar recursos y pericia cuando sea apropiado; lograr sinergias como producto del desarrollo de actividades conjuntas; utilizar recíprocamente las redes globales de ambas organizaciones para lograr ventaja y beneficio mutuos; mejorar la coordinación de actividades relacionadas; y compartir conocimientos e ideas.